Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062994)
Resolución de 29 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto instalación solar fotovoltaica "El Cerro" e infraestructura de evacuación en el término municipal de Burguillos del Cerro. Expte.: IA20/0994.
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NÚMERO 195
Viernes, 8 de octubre de 2021



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No se conocen características ambientales, edafológicas o valores singulares del
suelo que hagan incompatible el proyecto.



De igual forma el Ayuntamiento de Burguillos del Cerro, con fecha de 4 de enero
de 2021, emite certificado sobre exposición en tablón de anuncios del estudio de
impacto ambiental del proyecto.



— El Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, emite informe con fecha 14 de diciembre de 2020, indicando diferentes aspectos (planeamiento, localización, grado de
urbanización, clasificación urbanística, usos urbanísticos admitidos, limitaciones de
carácter urbanístico y modificaciones de planeamiento), concluyendo que, se determina que la instalación proyectada es compatible desde el punto de vista urbanístico en relación a las competencias municipales, y siempre y cuando se cumpla
y justifiquen las leyes y normativas expuestas en el informe.



De igual forma el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, con fecha de 11 de
diciembre de 2020, emite certificado sobre exposición en tablón de anuncios del
estudio de impacto ambiental del proyecto.



— El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Política Forestal emite informe con fecha de 15 de diciembre del 2020, donde se informa que,
la instalación pretendida sólo es viable asegurando la conservación de todos los
pies arbóreos de especies climácicas de diámetro superior a 15 cm (AP) y de aquellos que aún teniendo diámetro menor, se presentan en número y distribución que
le de carácter forestal (>50 ud/ha o fcc > 5%). Consideramos que con el mantenimiento de esta cobertura vegetal se mejora y garantiza la posibilidad de reversión
del uso del terreno además de conservar los elementos de lenta creación que dan
al terreno (y ecosistema) valor ambiental, en línea con las premisas medioambientales que alientan y promueven estas energías verdes.



La distribución de paneles propuesta respeta estos criterios, de forma que la afección forestal se considera asumible. En todo caso, se hace constar que dada la heterogeneidad de la distribución propuesta, si el replanteo final y definitivo requiere
alguna variación, esta no deberá disminuir la vegetación o superficie a conservar.



Respecto a la línea eléctrica, igualmente se considera asumible sin poner en riesgo
los valores forestales del entorno, si bien en su replanteo definitivo se minimizará
y/o evitará la afección a la vegetación, evitando su eliminación siempre que se
pueda optar por otra solución (pequeña variación del trazado o poda razonable del
ejemplar).