Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Bienes De Interés Cultural. (2021062977)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Consejera, por la que se incoa expediente para declaración de Bien de Interés Cultural a favor del "Puente de Cantillana", en el término municipal de Badajoz, con la categoría de monumento.
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NÚMERO 195

48363

Viernes, 8 de octubre de 2021

Por otra parte el artículo 8.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, determina que es necesaria una descripción clara y precisa del bien o bienes que permita su identificación, con sus
pertenencias y accesorios así como la delimitación del entorno necesario para la adecuada
protección del bien cuando se trate de inmuebles. La zona afectada estará constituida por el
espacio, construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya alteración pudiera afectar a
sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo.
En definitiva, se trata de llevar a cabo la incoación de expediente de declaración de Bien de
Interés Cultural, que se regula en los artículos 7 y siguientes de la mencionada Ley 2/1999,
de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
La competencia para dictar Resolución corresponde a la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, a tenor de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Vista la propuesta del Director General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, respecto a la incoación de expediente de Bien de Interés Cultural a favor del “Puente de Cantillana”
en el término municipal de Badajoz (Badajoz), y en el ejercicio de las competencias atribuidas
en materia de Patrimonio Cultural, Histórico-Arqueológico, Monumental, Artístico y Científico
de interés para la región, recogidas en el artículo 2.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, así
como de las facultades en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE, número 150, del 5 de agosto), y demás preceptos de general aplicación, se formula la
siguiente.
RESOLUCIÓN
Primero. Incoar expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural a favor del
“Puente de Cantillana” del término municipal de Badajoz, con categoría de Sitio Histórico, de
acuerdo con lo descrito en los anexos, para el reconocimiento y protección de este elemento
del patrimonio cultural extremeño.
Segundo. Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación en vigor.
Tercero. Remitir la presente resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación
y la apertura de un trámite de información pública por período de un mes.
Cuarto. Notificar la resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Badajoz y al Registro de
Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte, para que conste en su inscripción provisional y remitirla, para que se publique, al Boletín Oficial del Estado.
Mérida, 28 de septiembre de 2021.
La Consejera,
NURIA FLORES REDONDO