Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Pymes. Relevo Generacional. (2021062865)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para promover la continuidad de las pymes de Extremadura mediante la planificación de los procesos de relevo empresarial para la anualidad 2021.
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NÚMERO 194
Jueves, 7 de octubre de 2021
48121
5. N
o podrán adquirir la condición de beneficiarios de estas ayudas, las empresas pertenecientes a los sectores de acuicultura, pesca, la producción primaria de productos
agrícolas, así como todas aquellas excepciones referidas en el Reglamento (UE) n.º
1407/2013, de la comisión, de 18 de diciembre de 2013. Igualmente, quedan excluidas
de este régimen de ayudas las empresas públicas, las participadas mayoritariamente
por estas, las entidades de derecho público y las empresas, de cualquier tipo, que tengan por actividad la gestión de un servicio público.
Cuarto. Proyectos subvencionables.
Se considerarán actuaciones subvencionables los proyectos que tengan alguna de las siguientes finalidades:
a) Desarrollo de Protocolos de Empresa Familiar.
Se incluirán en esta tipología aquellos proyectos de relevo empresarial realizados en el
ámbito de la empresa, a través de la realización de un Protocolo de Empresa Familiar,
así como de un plan de continuidad que contemple las condiciones para asegurar el
relevo generacional de la empresa.
Se considera que una empresa tiene carácter familiar cuando una parte esencial de
la propiedad de la misma está en manos de una o varias familias, interviniendo sus
miembros de forma decisiva en la administración y dirección del negocio. En el caso en
que la empresa tenga la forma de empresario individual o autónomo, podrá alcanzar
esta consideración siempre que se justifique la coexistencia y participación activa en la
empresa de otras personas que guarden lazos familiares con el titular de la misma.
El contenido del Protocolo de Empresa Familiar, podrá ser flexible y adaptado a las particularidades y características concretas de cada empresa, si bien deberá contemplar al
menos los siguientes contenidos:
• Antecedentes. Apartado donde se recojan determinadas cuestiones de carácter
fundacional de la empresa, tales como consideraciones sobre el fundador y el
origen de la empresa, los miembros del grupo familiar y sus ramas, la filosofía de
la empresa, los valores familiares, el ámbito de sus actividades o el arraigo de la
empresa en un determinado lugar.
• Pactos sociales o estatutarios que tenga la entidad solicitante de la ayuda.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Jueves, 7 de octubre de 2021
48121
5. N
o podrán adquirir la condición de beneficiarios de estas ayudas, las empresas pertenecientes a los sectores de acuicultura, pesca, la producción primaria de productos
agrícolas, así como todas aquellas excepciones referidas en el Reglamento (UE) n.º
1407/2013, de la comisión, de 18 de diciembre de 2013. Igualmente, quedan excluidas
de este régimen de ayudas las empresas públicas, las participadas mayoritariamente
por estas, las entidades de derecho público y las empresas, de cualquier tipo, que tengan por actividad la gestión de un servicio público.
Cuarto. Proyectos subvencionables.
Se considerarán actuaciones subvencionables los proyectos que tengan alguna de las siguientes finalidades:
a) Desarrollo de Protocolos de Empresa Familiar.
Se incluirán en esta tipología aquellos proyectos de relevo empresarial realizados en el
ámbito de la empresa, a través de la realización de un Protocolo de Empresa Familiar,
así como de un plan de continuidad que contemple las condiciones para asegurar el
relevo generacional de la empresa.
Se considera que una empresa tiene carácter familiar cuando una parte esencial de
la propiedad de la misma está en manos de una o varias familias, interviniendo sus
miembros de forma decisiva en la administración y dirección del negocio. En el caso en
que la empresa tenga la forma de empresario individual o autónomo, podrá alcanzar
esta consideración siempre que se justifique la coexistencia y participación activa en la
empresa de otras personas que guarden lazos familiares con el titular de la misma.
El contenido del Protocolo de Empresa Familiar, podrá ser flexible y adaptado a las particularidades y características concretas de cada empresa, si bien deberá contemplar al
menos los siguientes contenidos:
• Antecedentes. Apartado donde se recojan determinadas cuestiones de carácter
fundacional de la empresa, tales como consideraciones sobre el fundador y el
origen de la empresa, los miembros del grupo familiar y sus ramas, la filosofía de
la empresa, los valores familiares, el ámbito de sus actividades o el arraigo de la
empresa en un determinado lugar.
• Pactos sociales o estatutarios que tenga la entidad solicitante de la ayuda.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa