Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062978)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Abadía.
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NÚMERO 194
Jueves, 7 de octubre de 2021
48149
población. En las Normas Subsidiarias los usos se encuentran restringidos a los propios
de un suelo primario (agrícola, ganadero o forestal), quedando fuera otros usos que le
son propios al medio rural en que nos encontramos como el cinegético, tan en auge en
la comarca, la ganadería intensiva, la industria artesanal o de primera transformación
de la materia prima, como una quesería, una almazara o una cooperativa, y otros que
van a ser necesarios para el impulso y desarrollo del municipio, como el dotacional o
el hostelero, que guardando una completa armonía con el medio natural, permitan el
progreso del municipio.
— Se encuentran limitadas las construcciones a pequeños almacenes, impidiendo, entre
otras, las construcciones para almacenaje de materias primas, tan necesarias para las
cooperativas de la zona, o la creación de envasadoras para los productos recolectados.
El nuevo modelo territorial desarrollado en el Plan General Municipal de Abadía se entiende
como una alternativa respetuosa con el medio, en lo que se refiere a posibles deterioros
del mismo por los procesos urbanizadores que contiene aquel. Las líneas maestras o generales de la propuesta contenido en el Plan General Municipal son las siguientes para cada
tipo de suelo definido:
—S
uelo Urbano: en el presente Plan General se produce una redelimitación del mismo
puesto que en el planeamiento vigente en la actualidad, existen áreas que cumplen
con lo estipulado en la normativa y se encuentran fuera del límite de Suelo Urbano
Las áreas en las que el Planeamiento propone tal delimitación son:
• Zona de cementerio y parcela situada enfrente del mismo, ubicándose actualmente en Suelo No Urbanizable Protegida (según Normas Subsidiarias vigente). Esta
zona cuenta con servicios de abastecimiento, saneamiento y alumbrado público,
así como vial pavimentado. Las acciones de dotar al ámbito de los servicios mencionados del núcleo urbano han sido llevadas a cabo por el Ayuntamiento.
• Zona de la Piscina Natural que cuenta con: servicios de abastecimiento y saneamiento, suministro de energía eléctrica y alumbrado público, localizándose actualmente en Suelo No Urbanizable Protegido (según Normas Subsidiarias vigentes).
Las acciones de dotar al ámbito de los servicios mencionados del núcleo urbano
han sido llevadas a cabo por el Ayuntamiento.
• Zona Centro de Día “Cristo de la Bien Parada”, que cuenta con servicios de abastecimiento, saneamiento, energía eléctrica y alumbrado público, ubicándose en la
actualidad en terrenos clasificados como Suelo Apto para Urbanizar, incluyéndose,
parte de la superficie, en el presente Plan General dentro de un Sector de Actua-
Jueves, 7 de octubre de 2021
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población. En las Normas Subsidiarias los usos se encuentran restringidos a los propios
de un suelo primario (agrícola, ganadero o forestal), quedando fuera otros usos que le
son propios al medio rural en que nos encontramos como el cinegético, tan en auge en
la comarca, la ganadería intensiva, la industria artesanal o de primera transformación
de la materia prima, como una quesería, una almazara o una cooperativa, y otros que
van a ser necesarios para el impulso y desarrollo del municipio, como el dotacional o
el hostelero, que guardando una completa armonía con el medio natural, permitan el
progreso del municipio.
— Se encuentran limitadas las construcciones a pequeños almacenes, impidiendo, entre
otras, las construcciones para almacenaje de materias primas, tan necesarias para las
cooperativas de la zona, o la creación de envasadoras para los productos recolectados.
El nuevo modelo territorial desarrollado en el Plan General Municipal de Abadía se entiende
como una alternativa respetuosa con el medio, en lo que se refiere a posibles deterioros
del mismo por los procesos urbanizadores que contiene aquel. Las líneas maestras o generales de la propuesta contenido en el Plan General Municipal son las siguientes para cada
tipo de suelo definido:
—S
uelo Urbano: en el presente Plan General se produce una redelimitación del mismo
puesto que en el planeamiento vigente en la actualidad, existen áreas que cumplen
con lo estipulado en la normativa y se encuentran fuera del límite de Suelo Urbano
Las áreas en las que el Planeamiento propone tal delimitación son:
• Zona de cementerio y parcela situada enfrente del mismo, ubicándose actualmente en Suelo No Urbanizable Protegida (según Normas Subsidiarias vigente). Esta
zona cuenta con servicios de abastecimiento, saneamiento y alumbrado público,
así como vial pavimentado. Las acciones de dotar al ámbito de los servicios mencionados del núcleo urbano han sido llevadas a cabo por el Ayuntamiento.
• Zona de la Piscina Natural que cuenta con: servicios de abastecimiento y saneamiento, suministro de energía eléctrica y alumbrado público, localizándose actualmente en Suelo No Urbanizable Protegido (según Normas Subsidiarias vigentes).
Las acciones de dotar al ámbito de los servicios mencionados del núcleo urbano
han sido llevadas a cabo por el Ayuntamiento.
• Zona Centro de Día “Cristo de la Bien Parada”, que cuenta con servicios de abastecimiento, saneamiento, energía eléctrica y alumbrado público, ubicándose en la
actualidad en terrenos clasificados como Suelo Apto para Urbanizar, incluyéndose,
parte de la superficie, en el presente Plan General dentro de un Sector de Actua-