Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062978)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Abadía.
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NÚMERO 194
Jueves, 7 de octubre de 2021

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CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD

RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del
Plan General Municipal de Abadía. (2021062978)
La Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), regulada en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental y en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene como fin principal la integración de los aspectos
ambientales en la planificación pública desde las primeras fases de elaboración de un plan o
programa, tratando de evitar que las acciones previstas en los mismos puedan causar efectos
adversos en el medio ambiente.
Según lo establecido en el artículo 38 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, serán objeto de una evaluación ambiental estratégica ordinaria los planes y programas, así como sus modificaciones, que se adopten
o aprueben por una Administración pública y cuya elaboración y adopción venga exigida por
una disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo de Gobierno, y que o bien
establezcan el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental y se refieran a diversas materias entre las que se encuentran la
ordenación del territorio urbano y rural o del uso del Suelo, o bien requieran una evaluación
por afectar a espacios Red Natura 2000 en los términos previstos en la Ley 42/2007, de 13
de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Así ocurre en el caso del Plan General Municipal de Abadía, cuya evaluación ambiental estratégica por procedimiento ordinario, se ha realizado según lo que establecen los artículos 39
a 45 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
a) Objeto del Plan General Municipal de Abadía.
El municipio de Abadía cuenta con unas Normas Subsidiarias que fueron aprobadas definitivamente por resolución de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la
Junta de Extremadura, con fecha 4 de abril de 2002, siendo publicada dicha resolución en
el Diario Oficial de Extremadura n.º 86, de 25 de julio de 2002.
Tras el análisis de dicha normativa se han detectado las siguientes necesidades:
— Limitación de los usos que repercute directamente en el desarrollo económico del
municipio y por ende en el desarrollo social afectando directamente a la pérdida de