Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0071)
Acuerdo de 21 de diciembre de 2020, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, acerca de la modificación puntual 2/2017 (n.º 18) de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal de Navalvillar de Pela, para la reducción de retranqueo a linderos de las edificaciones en suelo no urbanizable y el aumento porcentaje ocupación de las edificaciones de utilidad pública e interés social en suelo no urbanizable.
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NÚMERO 194
48114
Jueves, 7 de octubre de 2021
Como anexo III se acompañará certificado del Jefe de Sección de Gestión de Planeamiento
Urbanístico y Territorial y Secretario de la CUOTEX, en la que se hará constar la fecha y n.º
de inscripción con la que se ha procedido al depósito previo del documento aprobado en el
Registro de Único de Urbanismo y de Ordenación del Territorio dependiente de esta Consejería
(artículo 79.1.f de la Ley 10/2015 de 8 de abril de modificación de la LSOTEX).
Contra este acuerdo que tiene carácter normativo no cabe recurso en vía administrativa (artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas), y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 de Ley 29/1998 de 13
de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Mérida, 27 de enero de 2021.
V.º B.º de la Presidenta de la Comisión de
Urbanismo y Ordenación del Territorio de
Extremadura.
Secretario de la Comisión de Urbanismo y
Ordenación del Territorio de Extremadura.
D.ª EULALIA ELENA MORENO DE ACEVEDO
YAGÜE
D. JUAN IGNACIO RODRÍGUEZ ROLDÁN
48114
Jueves, 7 de octubre de 2021
Como anexo III se acompañará certificado del Jefe de Sección de Gestión de Planeamiento
Urbanístico y Territorial y Secretario de la CUOTEX, en la que se hará constar la fecha y n.º
de inscripción con la que se ha procedido al depósito previo del documento aprobado en el
Registro de Único de Urbanismo y de Ordenación del Territorio dependiente de esta Consejería
(artículo 79.1.f de la Ley 10/2015 de 8 de abril de modificación de la LSOTEX).
Contra este acuerdo que tiene carácter normativo no cabe recurso en vía administrativa (artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas), y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 de Ley 29/1998 de 13
de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Mérida, 27 de enero de 2021.
V.º B.º de la Presidenta de la Comisión de
Urbanismo y Ordenación del Territorio de
Extremadura.
Secretario de la Comisión de Urbanismo y
Ordenación del Territorio de Extremadura.
D.ª EULALIA ELENA MORENO DE ACEVEDO
YAGÜE
D. JUAN IGNACIO RODRÍGUEZ ROLDÁN