Presidencia De La Junta. Funcionarios De Administración Local. (2021062984)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convoca proceso selectivo para la elaboración de una relación de personas candidatas para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, mediante nombramiento interino en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 193
Miércoles, 6 de octubre de 2021
47823
Cuarta. Admisión de personas aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano autonómico competente en
materia de administración local dictará resolución, en el plazo máximo de veinte días
naturales, que será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, declarando aprobada
la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de
exclusión y estableciendo un plazo de cinco días hábiles para la subsanación de errores
y reclamaciones.
Se producirá la exclusión definitiva del proceso selectivo para quienes sean aspirantes
que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto que motivó su exclusión o no
presenten reclamación justificando su derecho a la inclusión en la lista de personas admitidas. Será insubsanable la presentación de la solicitud fuera del plazo establecido.
4.2. Resueltas las alegaciones presentadas, se dictará resolución declarando aprobadas las
listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo, con
indicación del lugar, fecha y hora de celebración de la prueba selectiva. Esta resolución
será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, con indicación de que las listas se
harán públicas en los lugares previstos en la base 1.9.
Quinta. Tribunal de Selección.
5.1. E
l órgano de selección encargado de la calificación de las presentes pruebas selectivas
estará integrado por cinco personas y sus correspondientes suplentes, y cumplirá con lo
preceptuado por el artículo 51.1 d) de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre
mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, y serán determinadas en el anexo II de esta convocatoria.
5.2. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará a lo dispuesto, para los órganos
colegiados, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
así como en la normativa reguladora del procedimiento de selección de personal funcionario de Administración Local.
Las personas integrantes del tribunal deberán abstenerse de intervenir, previa notificación al órgano autonómico competente en materia de administración local, cuando concurran en dichos miembros cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23
de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, o si hubieran realizado tareas de preparación
de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, siempre
que las mismas correspondan al acceso a cualquiera de las subescalas de la escala de
personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional.
Miércoles, 6 de octubre de 2021
47823
Cuarta. Admisión de personas aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano autonómico competente en
materia de administración local dictará resolución, en el plazo máximo de veinte días
naturales, que será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, declarando aprobada
la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de
exclusión y estableciendo un plazo de cinco días hábiles para la subsanación de errores
y reclamaciones.
Se producirá la exclusión definitiva del proceso selectivo para quienes sean aspirantes
que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto que motivó su exclusión o no
presenten reclamación justificando su derecho a la inclusión en la lista de personas admitidas. Será insubsanable la presentación de la solicitud fuera del plazo establecido.
4.2. Resueltas las alegaciones presentadas, se dictará resolución declarando aprobadas las
listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo, con
indicación del lugar, fecha y hora de celebración de la prueba selectiva. Esta resolución
será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, con indicación de que las listas se
harán públicas en los lugares previstos en la base 1.9.
Quinta. Tribunal de Selección.
5.1. E
l órgano de selección encargado de la calificación de las presentes pruebas selectivas
estará integrado por cinco personas y sus correspondientes suplentes, y cumplirá con lo
preceptuado por el artículo 51.1 d) de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre
mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, y serán determinadas en el anexo II de esta convocatoria.
5.2. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará a lo dispuesto, para los órganos
colegiados, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
así como en la normativa reguladora del procedimiento de selección de personal funcionario de Administración Local.
Las personas integrantes del tribunal deberán abstenerse de intervenir, previa notificación al órgano autonómico competente en materia de administración local, cuando concurran en dichos miembros cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23
de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, o si hubieran realizado tareas de preparación
de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, siempre
que las mismas correspondan al acceso a cualquiera de las subescalas de la escala de
personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional.