Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021062952)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del "Ayuntamiento de Villanueva del Fresno".
71 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 193
Miércoles, 6 de octubre de 2021

47955

En los términos que se establezcan reglamentariamente, la prolongación de la permanencia
en el servicio activo podrá concederse por un año, pudiendo renovarse anualmente hasta
que se cumplan los 70 años.
CAPÍTULO VIII. REGULACIONES SOCIO-ECONÓMICAS
Artículo 44. Seguro de vida, responsabilidad civil y asistencia jurídica.
1. Los trabajadores/as que presten servicios en el ayuntamiento de Villanueva del Fresno
tendrán derecho a una indemnización en los casos de muerte o de incapacidad permanente
total, absoluta o gran invalidez derivada de Accidente de trabajo y enfermedad profesional.
A tal efecto el ayuntamiento podrá contratar una póliza de seguros de vida y accidentes,
dicha póliza garantizará la cobertura de los riesgos mencionados o podrá asumir la indemnización directamente de los presupuestos municipales.
— En caso de muerte se indemnizará, a los beneficiarios que el trabajador/a designe, con
30.000 Euros
— En caso de incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional se indemnizará al trabajador/a con 30.000 Euros.
2. Se concertará póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil y profesional que pudiera
derivarse de cualquier contingencia que suceda en acto de servicio, siempre que no se demuestre, por resolución judicial, negligencia o mala fe por parte del trabajador/a.
El Ayuntamiento prestará la asistencia jurídica adecuada y especializada a sus empleados,
en caso de que éste lo solicite, en los supuestos de conflictos surgidos como consecuencia
de la prestación de sus servicios y se personará en dichos procesos.
3. Así mismo, se contratará un seguro de cobertura en caso de retirada del permiso de conducir, para los empleados que utilicen vehículos, oficiales o propios, siempre que tal retirada
se produzca durante la prestación del servicio o a cuestiones municipales y no sea por
negligencia del trabajador.
Artículo 45. Enfermedad y accidente.
El personal del ayuntamiento, sus Organismos Públicos y resto de entes dependientes, incluido en el Régimen General de la Seguridad Social, que sea declarado en incapacidad temporal,
tendrá derecho a percibir, desde el inicio de la misma, una mejora voluntaria, al subsidio
legalmente establecido por la Seguridad Social, que garantice el cien por cien de las retribuciones fijas y periódicas anuales que tuviera reconocidas el empleado en el mes de inicio de
la incapacidad temporal.