Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021062952)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del "Ayuntamiento de Villanueva del Fresno".
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NÚMERO 193
Miércoles, 6 de octubre de 2021

47939

En los casos de nacimiento de hijos prematuros que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, el padre o la madre tendrán derecho
a ausentarse del trabajo durante dos horas diarias mientras el hijo permanezca hospitalizado
c) Por matrimonio de ascendientes, descendientes, hermanos (incluidos los políticos) un
día hábil.
d) En caso de fallecimiento, accidente o enfermedad graves, u hospitalización que requiera
la presencia del trabajador junto al enfermo, en los días que justificadamente establezca el trabajador:


— 3 días hábiles cuando se trate de familiares en primer grado de consanguinidad (hijos
y padres) o afinidad (cónyuges de los hijos y padres políticos), hermanos, cónyuge o
pareja de hecho, ampliable en dos días hábiles si el hecho se produjera en localidad
distinta de la de residencia del trabajador.

— 2 días hábiles cuando se trate de familiares en segundo grado de consanguinidad
(nietos y abuelos) o afinidad (cónyuge de los nietos, abuelos y hermanos políticos),
ampliable en dos días hábiles si el hecho se produjera en localidad distinta de la de
residencia del trabajador.


— 1 día hábil en los supuestos de fallecimiento de un familiar de tercer grado del trabajador, ampliable en 1 día si se produjera en otra localidad.

— Tratándose de intervenciones quirúrgicas de parientes hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad, cónyuge o pareja de hecho, que no requieran hospitalización pero sí se prescriba reposo domiciliario, el permiso será de dos días hábiles, en
tanto se mantengan las circunstancias motivantes de su concesión.


El inicio de los permisos recogidos en este apartado será determinado por el trabajador/ora y su disfrute se realizará, con carácter general, de forma continuada y
sin interrupción, salvo situaciones excepcionales debidamente justificadas y ponderadas, hasta completar los días que pudieran corresponderle. La finalización de la
hospitalización implica la finalización del permiso salvo que persista la causa de enfermedad grave o el enfermo requiera reposo domiciliario, que habrá de acreditarse
debidamente

e) Para someterse a exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, previo aviso al responsable del personal y mediante justificación de la necesidad
de realización de dichos exámenes y técnicas dentro de la jornada de trabajo.