Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062940)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de modificación de fábrica de conservas vegetales, cuyo promotor es Industrias y Promociones Alimenticias, SA, en el término municipal de Miajadas. Expte.: IA 19/0224.
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NÚMERO 192
Martes, 5 de octubre de 2021

47730

Consumo de agua
La documentación aportada por el promotor no cuantifica las necesidades hídricas totales de la actividad, ni especifica el origen del recurso.
Según consta en este organismo de cuenca, el promotor es titular de una concesión de
aguas a partir de una toma del Canal de Orellana, expediente 29674/1983, para uso
industrial, siendo el volumen máximo autorizado de 5.064.681 m3/año.
En todo caso, de acuerdo con el artículo 50.4 del texto refundido de la Ley de Aguas
(TRLA), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, la ley no ampara el abuso del derecho en la utilización de las aguas ni el desperdicio o mal uso de
las mismas, cualquiera que fuese el título que se alegare.
Según lo dispuesto en la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan
los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por
los aprovechamientos de agua del DPH, de los retornos al citado DPH y de los vertidos
al mismo, para el control del volumen derivado por las captaciones de agua del DPH, el
titular del mismo queda obligado a instalar y mantener a su costa un dispositivo de medición de los volúmenes o caudales de agua captados realmente (contador o aforador).
Vertidos al Dominio Público Hidráulico
El Área de Calidad de las Aguas de este organismo de cuenca, con fecha 11/12/2020,
informó lo siguiente:


1. “Considerando todo lo anterior y en virtud de las competencias atribuidas a los
organismos de cuenca en la legislación vigente, esta Confederación Hidrográfica
del Guadiana, O.A. informa que las características del vertido una vez depurado
pueden ser adecuadas para garantizar el cumplimiento de las normas de calidad
y objetivos ambientales establecidos por la normativa en vigor; por lo que, en lo
que se refiere al vertido de aguas residuales depuradas procedentes de la industria de fabricación de conservas de tomate, platos preparados y caldos líquidos,
al arroyo La Dehesilla, en el término municipal de Miajadas (Cáceres), se podría
modificar la autorización ambiental integrada otorgada a Industrias y Promociones Alimenticias, SA, (INPRALSA) con arreglo al texto refundido de la Ley de
prevención y control integrados de la contaminación (TRLIPPC), aprobado por el
Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, al Reglamento de emisiones
industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de
18 de octubre, al texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado por el Real