Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Deportes. Ayudas. (2021062985)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de las ayudas para la participación de equipos de entidades deportivas extremeñas en competiciones deportivas de ámbito nacional e internacional para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 192
Martes, 5 de octubre de 2021
47673
las bases reguladoras de las ayudas para la participación de equipos de entidades deportivas
extremeñas en competiciones deportivas de ámbito nacional e internacional, siendo su redacción vigente la establecida por la Resolución de 30 de abril de 2021, del Secretario General
de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (DOE número 89, de 12 de mayo), que se
incluyen como anexo I de la presente convocatoria.
Décimo. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
Sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones recogidas, con carácter general, en el artículo 13 de la Ley de Subvenciones de la CAEX, las entidades beneficiarias vendrán obligadas
particularmente a:
a) Destinar la subvención a la ejecución de la actividad subvencionada en los términos
establecidos en la presente convocatoria, en la resolución de concesión y en la restante
normativa sectorial aplicable.
b) Realizar las actividades que fundamentan la concesión de las ayudas en el plazo, forma,
términos y condiciones previstos, con asistencia al número de pruebas puntuables de
la competición. En aquellas competiciones en las que no exista, en el calendario de la
correspondiente federación deportiva nacional o internacional, un calendario de pruebas
concreto, la entidad beneficiaria vendrá obligada a participar en un número de pruebas
tal que, de obtener el mejor resultado posible en todas ellas, alcanzase el primer puesto
en la clasificación general de la competición, con un mínimo de asistencia a 3 pruebas
diferentes.
c) Comunicar a la Dirección General de Deportes cualquier modificación que afecte a los
datos contenidos en la solicitud de ayuda y documentación que la acompañe.
d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos
o recursos que financien las actividades subvencionadas tan pronto como se conozca
y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos
percibidos.
e) J ustificar ante el órgano concedente la realización de las actividades subvencionadas
mediante la presentación de la documentación exigida en el resuelvo decimocuarto de
la presente convocatoria.
f) Se deberá incorporar de forma visible el logotipo “Extremadura, deporte desde la base”
en la equipación deportiva y, en su caso, en los vehículos utilizados durante el desarrollo
de la competición en todas las jornadas o pruebas que se celebren con posterioridad a
la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.
Martes, 5 de octubre de 2021
47673
las bases reguladoras de las ayudas para la participación de equipos de entidades deportivas
extremeñas en competiciones deportivas de ámbito nacional e internacional, siendo su redacción vigente la establecida por la Resolución de 30 de abril de 2021, del Secretario General
de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (DOE número 89, de 12 de mayo), que se
incluyen como anexo I de la presente convocatoria.
Décimo. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
Sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones recogidas, con carácter general, en el artículo 13 de la Ley de Subvenciones de la CAEX, las entidades beneficiarias vendrán obligadas
particularmente a:
a) Destinar la subvención a la ejecución de la actividad subvencionada en los términos
establecidos en la presente convocatoria, en la resolución de concesión y en la restante
normativa sectorial aplicable.
b) Realizar las actividades que fundamentan la concesión de las ayudas en el plazo, forma,
términos y condiciones previstos, con asistencia al número de pruebas puntuables de
la competición. En aquellas competiciones en las que no exista, en el calendario de la
correspondiente federación deportiva nacional o internacional, un calendario de pruebas
concreto, la entidad beneficiaria vendrá obligada a participar en un número de pruebas
tal que, de obtener el mejor resultado posible en todas ellas, alcanzase el primer puesto
en la clasificación general de la competición, con un mínimo de asistencia a 3 pruebas
diferentes.
c) Comunicar a la Dirección General de Deportes cualquier modificación que afecte a los
datos contenidos en la solicitud de ayuda y documentación que la acompañe.
d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos
o recursos que financien las actividades subvencionadas tan pronto como se conozca
y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos
percibidos.
e) J ustificar ante el órgano concedente la realización de las actividades subvencionadas
mediante la presentación de la documentación exigida en el resuelvo decimocuarto de
la presente convocatoria.
f) Se deberá incorporar de forma visible el logotipo “Extremadura, deporte desde la base”
en la equipación deportiva y, en su caso, en los vehículos utilizados durante el desarrollo
de la competición en todas las jornadas o pruebas que se celebren con posterioridad a
la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.