Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021062945)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a la Asociación Mujeres Sembrando para la realización del proyecto "Sembrando Igualdad Contra la Violencia Hacia las Mujeres" en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
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NÚMERO 192
Martes, 5 de octubre de 2021

47629

Por otra parte, el proyecto presentado se enmarca dentro de las medidas contempladas para
el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, convirtiéndose la Asociación
Mujeres Sembrando en la entidad idónea para el desarrollo del proyecto presentado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La Constitución Española de 1978 establece en su artículo 9.2 que “corresponde a
los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo
y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan
o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política,
económica, cultural y social”.
En consonancia con lo expuesto en el párrafo anterior, el Estatuto de Autonomía de Extremadura determina, como uno de los principios rectores de los poderes públicos extremeños,
en su artículo 7.12 que dichos poderes “consideran un objetivo irrenunciable que informará
todas las políticas regionales y la práctica de las instituciones, la plena y efectiva igualdad de
la mujer en todos los ámbitos de la vida pública, familiar, social, laboral, económica y cultural. Asimismo, removerán los obstáculos que impidan o dificulten la igualdad real y efectiva
mediante las medidas de acción positiva que resulten necesarias”.
El mismo Estatuto de Autonomía, en su artículo 9.1.29, dispone como competencia exclusiva
de la Comunidad Autónoma de Extremadura “las políticas de igualdad de género, especialmente la aprobación de normas y ejecución de planes para el establecimiento de medidas de
discriminación positiva para erradicar las desigualdades por razón de sexo”. En este sentido,
la violencia ejercida contra las mujeres es la manifestación más cruel de la desigualdad y las
relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres.
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en su artículo 2.i) establece, entre otros principios rectores, el “promover
la colaboración y participación de las entidades, asociaciones y organizaciones que desde la
sociedad civil actúan contra la violencia de género”.
De igual modo, en su artículo 18.3, se determina que se articularán los medios necesarios
para que las mujeres víctimas de violencia de género que por sus circunstancias personales
y sociales puedan tener una mayor dificultad para el acceso integral a la información, tengan
garantizado el ejercicio efectivo de este derecho.
Por su parte, la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra
la Violencia de Género en Extremadura establece en su artículo 1, en lo referente al objeto de