Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Formación. Remuneración. (2021062924)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Dirección General del Instituto de Consumo de Extremadura, por la que se establecen los criterios y el baremo de remuneraciones por colaboración en actividades de formación y perfeccionamiento organizadas por el Instituto de Consumo de Extremadura.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 191
47475
Lunes, 4 de octubre de 2021
Instituto de Consumo de Extremadura, aprovechando para adaptarse a las nuevas acciones
formativas online o a distancia, a la elaboración de formatos y materiales formativos novedosos y a la duración relacionada con la dificultad técnica, metodología empleada o características de actividad formativa.
Los importes por las colaboraciones establecidos en este Baremo se ajustan a lo dispuesto
en el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, de Indemnizaciones por razón del Servicio, acordándose el establecimiento de dichos importes en coherencia con los aplicados por la Escuela
de Ciencias de la Salud y de la Atención Sociosanitaria, organismo incardinado en la misma
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, y aprobados recientemente mediante Resolución
de 29 de junio de 2020, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitaria y Sociosanitaria, por la que se establecen los criterios y el baremo de remuneraciones por
colaboración en actividades de formación y perfeccionamiento que organiza. Consecuencia
de esta aplicación homogénea, puede afirmarse también que este Baremo guarda la debida
coherencia con los considerados por la Escuela de Administración Pública de Extremadura,
aprobados mediante Orden de 11 de enero de 2019 por la que se establece el baremo de
remuneraciones por colaboración en actividades de formación y perfeccionamiento aplicables
a las acciones formativas que organiza, y las Escuelas y Organismos de Formación de otras
Comunidades Autónomas respecto de análogas actividades.
En virtud de lo expuesto, previo informe preceptivo y favorable, de fecha 22 de septiembre
de 2021, de la Secretaria General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, esta
Dirección General
RESUELVE:
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente resolución tiene como objeto establecer los criterios y determinar el baremo
de remuneraciones por colaboración de carácter no permanente ni habitual en actividades
de formación y perfeccionamiento a todos los intervinientes en la planificación, desarrollo
y ejecución de las acciones formativas organizadas por el Instituto de Consumo de Extremadura (en adelante INCOEX).
2. El baremo de remuneraciones por colaboraciones de carácter no permanente ni habitual en
las actividades organizadas por INCOEX se adjunta como anexo a la presente resolución.
3. Esta resolución será de aplicación a todas las actividades formativas que organice o promueva INCOEX, ente público adscrito a la Consejería que tiene atribuidas las competencias
en materia de consumo.
47475
Lunes, 4 de octubre de 2021
Instituto de Consumo de Extremadura, aprovechando para adaptarse a las nuevas acciones
formativas online o a distancia, a la elaboración de formatos y materiales formativos novedosos y a la duración relacionada con la dificultad técnica, metodología empleada o características de actividad formativa.
Los importes por las colaboraciones establecidos en este Baremo se ajustan a lo dispuesto
en el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, de Indemnizaciones por razón del Servicio, acordándose el establecimiento de dichos importes en coherencia con los aplicados por la Escuela
de Ciencias de la Salud y de la Atención Sociosanitaria, organismo incardinado en la misma
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, y aprobados recientemente mediante Resolución
de 29 de junio de 2020, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitaria y Sociosanitaria, por la que se establecen los criterios y el baremo de remuneraciones por
colaboración en actividades de formación y perfeccionamiento que organiza. Consecuencia
de esta aplicación homogénea, puede afirmarse también que este Baremo guarda la debida
coherencia con los considerados por la Escuela de Administración Pública de Extremadura,
aprobados mediante Orden de 11 de enero de 2019 por la que se establece el baremo de
remuneraciones por colaboración en actividades de formación y perfeccionamiento aplicables
a las acciones formativas que organiza, y las Escuelas y Organismos de Formación de otras
Comunidades Autónomas respecto de análogas actividades.
En virtud de lo expuesto, previo informe preceptivo y favorable, de fecha 22 de septiembre
de 2021, de la Secretaria General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, esta
Dirección General
RESUELVE:
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente resolución tiene como objeto establecer los criterios y determinar el baremo
de remuneraciones por colaboración de carácter no permanente ni habitual en actividades
de formación y perfeccionamiento a todos los intervinientes en la planificación, desarrollo
y ejecución de las acciones formativas organizadas por el Instituto de Consumo de Extremadura (en adelante INCOEX).
2. El baremo de remuneraciones por colaboraciones de carácter no permanente ni habitual en
las actividades organizadas por INCOEX se adjunta como anexo a la presente resolución.
3. Esta resolución será de aplicación a todas las actividades formativas que organice o promueva INCOEX, ente público adscrito a la Consejería que tiene atribuidas las competencias
en materia de consumo.