Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021062932)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo-convenio por el que se regulan las relaciones y condiciones de trabajo de los empleados públicos a cargo del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja".
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NÚMERO 191
Lunes, 4 de octubre de 2021

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conversión de empleo de carácter temporal en fijo, en aquellos casos en que las
tareas tengan carácter permanente y no coyuntural, al objeto de impulsar de forma
decisiva la solución de este problema durante el referido periodo. La transformación
de plazas de carácter temporal en fijos, se llevará a cabo mediante la creación de
plazas de carácter laboral en aquellos sectores o áreas funcionales en las que esta
medida pueda resultar adecuada. Los contratos para cubrir necesidades estaciónales
finalizan automáticamente al vencer el plazo temporal.
Artículo 9. Relación de puestos de trabajo.
1) La RPT indicará, en todo caso, el contenido básico de cada puesto de trabajo, de los que
figurarán los siguientes datos:


a) Centro de trabajo al que pertenece.



b) Denominación y características esenciales.



c) Tipo de puesto.



d) Sistema de provisión y requisitos exigidos para su desempeño.



e) Retribuciones complementarias asignadas (C. Destino y C. Específico).

f) Funciones.
g) Organigrama.
2) L
 a creación, modificación, refundición y supresión de puestos de trabajo se realizarán a
través de la relación de puestos de trabajo.
La relación de puestos de trabajo será publicada, entregándose copia a los Sindicatos presentes en la Mesa General de Negociación.
3) Corresponde a la Corporación en Pleno aprobar anualmente, a través del Presupuesto,
como documento anexo a él, la plantilla y RPT, que deberá contener todos los puestos de
trabajo debidamente clasificados, reservados a los/as empleados/as públicos/as y habrá
de responder a los principios de racionalidad, economía y eficacia. A ella se unirán los
antecedentes, estudios y documentos acreditativos de que se ajusta a los mencionados
principios.
4) L
 as modificaciones a las relaciones de puestos de trabajo deberán ser negociadas en la
Mesa General de Negociación. En cualquier caso, deberá estar negociada en el último trimestre de cada año.