Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Eutanasia. (2021040142)
Decreto 113/2021, de 29 de septiembre, por el que se crea la Comisión de Garantía y Evaluación para la prestación de ayuda para morir de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la prestación de ayuda para morir.
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NÚMERO 191
Lunes, 4 de octubre de 2021

47016

2. Asimismo, tiene por objeto la creación del Registro de profesionales sanitarios objetores
de conciencia a realizar la prestación de ayuda para morir que desarrollen su actividad en
centros sanitarios y sociosanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme
a lo previsto en el artículo 16.2 de la citada Ley Orgánica.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Este decreto será aplicable a todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que
actúen o se encuentren en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
en los términos previstos en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la
eutanasia.
Artículo 3. Protección de datos de carácter personal.
Los datos de carácter personal afectados por este decreto se adecuarán a lo previsto en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento de protección de datos), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa aplicable.
CAPÍTULO II
Comisión de Garantía y Evaluación para la prestación de ayuda para morir de la
Comunidad Autónoma de Extremadura
Artículo 4. Naturaleza, adscripción y ámbito de actuación.
1. La Comisión de Garantía y Evaluación para la prestación de ayuda para morir de la Comunidad Autónoma de Extremadura es un órgano administrativo colegiado, de carácter
multidisciplinar y de ámbito autonómico, adscrito a la consejería competente en materia
de sanidad.
2. La Comisión de Garantía y Evaluación de la Comunidad Autónoma de Extremadura actuará
en los supuestos en los que se solicite realizar o se haya realizado la prestación de la ayuda
para morir en centros sanitarios públicos, privados o concertados o en domicilios ubicados
en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 5. Funciones.
1. La Comisión de Garantía y Evaluación para la prestación de ayuda para morir de la Comunidad Autónoma de Extremadura actuará conforme a lo establecido en la Ley Orgánica