Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agrupación De Productores Agrarios. Subvenciones. (2021062766)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones para la creación de agrupaciones y organizaciones de productores agrarios y silvícolas en el ejercicio 2021.
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NÚMERO 190
Viernes, 1 de octubre de 2021
46780
tramitación de subvenciones relacionadas con el uso de fondos europeos, mediante la tramitación conjunta de las bases reguladoras y de la primera o única convocatoria, en cuyo caso,
se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno, por la vía de urgencia, reduciéndose los
informes internos y los plazos, y cuando las convocatorias no forman parte de las bases reguladoras, se suprime la autorización del Consejo de Gobierno. Así el artículo 24.2 de dicho
Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, establece que: “Cuando las convocatorias de subvenciones financiables con fondos europeos no estén incluidas en un decreto de bases reguladoras
aprobado conforme al apartado anterior, no será necesaria la autorización previa del Consejo
de Gobierno, cualquiera que sea su cuantía”. En este supuesto, al tratarse de subvenciones
financiables con fondos europeos no es necesaria la previa autorización del Consejo de Gobierno.
En virtud de lo expuesto, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, así como la Ley 6/2011 de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y con el Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de junio, por el
que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y según lo dispuesto
en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Ley 1/2002 de 28 de
febrero del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
el uso de las atribuciones conferidas,
RESUELVO:
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente resolución tiene por objeto establecer la convocatoria, de conformidad con la
Orden de 31 de marzo de 2021, sobre reconocimiento oficial y fomento de agrupaciones y
organizaciones de productores agrarios y silvícolas y el establecimiento de bases reguladoras de subvenciones (DOE n.º 64, de 7 de abril), para la concesión de subvenciones para la
creación de agrupaciones y organizaciones de productores agrícolas, ganaderos y silvícolas
(APAS), en el ejercicio 2021.
Asimismo y de acuerdo con el artículo 5 de la citada orden, se deberá solicitar el reconocimiento oficial de agrupaciones y organizaciones de productores agrarios y silvícolas,
mediante la presentación del anexo II de la orden conforme a los plazos y requisitos especificados en las bases reguladoras.
Al mismo tiempo que la subvención, se solicita el reconocimiento como APA, conforme al
modelo del anexo I de esta convocatoria.
Viernes, 1 de octubre de 2021
46780
tramitación de subvenciones relacionadas con el uso de fondos europeos, mediante la tramitación conjunta de las bases reguladoras y de la primera o única convocatoria, en cuyo caso,
se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno, por la vía de urgencia, reduciéndose los
informes internos y los plazos, y cuando las convocatorias no forman parte de las bases reguladoras, se suprime la autorización del Consejo de Gobierno. Así el artículo 24.2 de dicho
Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, establece que: “Cuando las convocatorias de subvenciones financiables con fondos europeos no estén incluidas en un decreto de bases reguladoras
aprobado conforme al apartado anterior, no será necesaria la autorización previa del Consejo
de Gobierno, cualquiera que sea su cuantía”. En este supuesto, al tratarse de subvenciones
financiables con fondos europeos no es necesaria la previa autorización del Consejo de Gobierno.
En virtud de lo expuesto, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, así como la Ley 6/2011 de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y con el Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de junio, por el
que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y según lo dispuesto
en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Ley 1/2002 de 28 de
febrero del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
el uso de las atribuciones conferidas,
RESUELVO:
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente resolución tiene por objeto establecer la convocatoria, de conformidad con la
Orden de 31 de marzo de 2021, sobre reconocimiento oficial y fomento de agrupaciones y
organizaciones de productores agrarios y silvícolas y el establecimiento de bases reguladoras de subvenciones (DOE n.º 64, de 7 de abril), para la concesión de subvenciones para la
creación de agrupaciones y organizaciones de productores agrícolas, ganaderos y silvícolas
(APAS), en el ejercicio 2021.
Asimismo y de acuerdo con el artículo 5 de la citada orden, se deberá solicitar el reconocimiento oficial de agrupaciones y organizaciones de productores agrarios y silvícolas,
mediante la presentación del anexo II de la orden conforme a los plazos y requisitos especificados en las bases reguladoras.
Al mismo tiempo que la subvención, se solicita el reconocimiento como APA, conforme al
modelo del anexo I de esta convocatoria.