Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021062938)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, al Ayuntamiento de Almendralejo para la contratación a jornada completa de un/a Agente de Igualdad para la ampliación/refuerzo de la Oficina de Igualdad y Violencia de Género de la ciudad de Almendralejo en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
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NÚMERO 190
Viernes, 1 de octubre de 2021
46886
que entró en vigor el 1 de agosto de 2014. El ámbito de aplicación del Convenio abarca todas
las formas de violencia contra las mujeres, que constituyen una violación de los derechos
humanos y una forma de discriminación contra las mujeres, y designa todos los actos de
violencia basados en el género que implican o pueden implicar para las mujeres daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica, incluidas las amenazas de realizar dichos actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, en la vida pública o privada.
Pero para abordar el irracional fenómeno de la violencia de género, que se acomete contra
las mujeres por el hecho de ser mujeres y es sufrida, generalmente, tanto por las propias
mujeres como por sus hijos, es necesario adoptar diversas medidas y políticas de ayuda a las
víctimas desde distintos niveles de actuación.
Así, el 15 de noviembre de 2016 el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó, por unanimidad, una proposición no de ley por la que se instaba al Gobierno a promover la suscripción
de un Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, por el Gobierno de la Nación, las
Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía y la Federación Española
de Municipios y Provincias, que siga impulsando políticas para la erradicación de la violencia
sobre la mujer como una verdadera política de Estado. La proposición no de ley establecía la
creación, en el seno de la Comisión de Igualdad del Congreso, de una Subcomisión que tenía
como objetivo elaborar un informe en el que se identificaran y analizaran los problemas que
impiden avanzar en la erradicación de las diferentes formas de violencia de género, y en el
que se incluyeran un conjunto de propuestas de actuación, entre ellas las principales reformas
que deben acometerse para dar cumplimiento efectivo a ese fin, así como a las recomendaciones de los organismos internacionales. El Congreso, en su sesión plenaria del 28 de septiembre de 2017, aprobó el informe de la Subcomisión para un Pacto de Estado en materia
de violencia de género.
Por su parte, la Comisión de Igualdad del Senado decidió, el 21 de diciembre de 2016, la
creación de una Ponencia que estudiase y evaluase, en materia de Violencia de Género, los
aspectos de prevención, protección y reparación de las víctimas, analizase la estrategia para
alcanzar e implementar un Pacto de Estado contra la Violencia de Género y examinase la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre. El 13 de septiembre de 2017, el Pleno del Senado aprobó, por unanimidad, el informe de la Ponencia de Estudio para la elaboración de estrategias
contra la violencia de género.
Ambos informes contienen un conjunto de propuestas para prevenir y combatir la violencia
contra la mujer y la violencia doméstica, y para mejorar en la respuesta que, desde las Instituciones, se proporciona a las mujeres víctimas y a sus hijas e hijos menores o a los menores
bajo su guarda, tutela o acogimiento.
Viernes, 1 de octubre de 2021
46886
que entró en vigor el 1 de agosto de 2014. El ámbito de aplicación del Convenio abarca todas
las formas de violencia contra las mujeres, que constituyen una violación de los derechos
humanos y una forma de discriminación contra las mujeres, y designa todos los actos de
violencia basados en el género que implican o pueden implicar para las mujeres daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica, incluidas las amenazas de realizar dichos actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, en la vida pública o privada.
Pero para abordar el irracional fenómeno de la violencia de género, que se acomete contra
las mujeres por el hecho de ser mujeres y es sufrida, generalmente, tanto por las propias
mujeres como por sus hijos, es necesario adoptar diversas medidas y políticas de ayuda a las
víctimas desde distintos niveles de actuación.
Así, el 15 de noviembre de 2016 el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó, por unanimidad, una proposición no de ley por la que se instaba al Gobierno a promover la suscripción
de un Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, por el Gobierno de la Nación, las
Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía y la Federación Española
de Municipios y Provincias, que siga impulsando políticas para la erradicación de la violencia
sobre la mujer como una verdadera política de Estado. La proposición no de ley establecía la
creación, en el seno de la Comisión de Igualdad del Congreso, de una Subcomisión que tenía
como objetivo elaborar un informe en el que se identificaran y analizaran los problemas que
impiden avanzar en la erradicación de las diferentes formas de violencia de género, y en el
que se incluyeran un conjunto de propuestas de actuación, entre ellas las principales reformas
que deben acometerse para dar cumplimiento efectivo a ese fin, así como a las recomendaciones de los organismos internacionales. El Congreso, en su sesión plenaria del 28 de septiembre de 2017, aprobó el informe de la Subcomisión para un Pacto de Estado en materia
de violencia de género.
Por su parte, la Comisión de Igualdad del Senado decidió, el 21 de diciembre de 2016, la
creación de una Ponencia que estudiase y evaluase, en materia de Violencia de Género, los
aspectos de prevención, protección y reparación de las víctimas, analizase la estrategia para
alcanzar e implementar un Pacto de Estado contra la Violencia de Género y examinase la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre. El 13 de septiembre de 2017, el Pleno del Senado aprobó, por unanimidad, el informe de la Ponencia de Estudio para la elaboración de estrategias
contra la violencia de género.
Ambos informes contienen un conjunto de propuestas para prevenir y combatir la violencia
contra la mujer y la violencia doméstica, y para mejorar en la respuesta que, desde las Instituciones, se proporciona a las mujeres víctimas y a sus hijas e hijos menores o a los menores
bajo su guarda, tutela o acogimiento.