Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021062894)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "FCC Aqualia, SA,-Mérida".
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 190
Viernes, 1 de octubre de 2021



46866

Variables:



• Plus de Actividad.



• Plus Relevo Turnos.



• Plus de Nocturnidad.



• Servicios Disponibilidad retén



• Horas Extraordinarias



• Retribución Vacaciones

C. Complementos Extra salariales.


• Dietas y Kilometraje.

• Ayuda Escolar.


• Suministro de Agua al Personal.

Artículo 29. Salario Base.
Las cantidades a percibir por este concepto serán las que se establecen en las Tablas Salariales que se adjuntan como anexos a este Convenio Colectivo, según el grupo/nivel profesional
fijadas por unidad de tiempo.
Artículo 30. Antigüedad Consolidada y Antigüedad Estatal.
1. A partir de 2022 será de aplicación para todo el personal adscrito al presente Acuerdo lo
dispuesto en el artículo 39 del VI Convenio Colectivo Estatal del Ciclo Integral del Agua,
cuando las personas trabajadoras incluidas en el presente acuerdo colectivo cumplan nuevos años de antigüedad en la empresa percibirá un premio de antigüedad anual por el
importe que figure en las tablas salariales recogidas en el Convenio Colectivo Estatal para
cada año, que se abonará en las doce mensualidades ordinarias siguientes por cada nuevo
año que se cumpla a partir de esta fecha y dicho importe se acumulará al del año anterior.
2. Las personas trabajadoras incluidas en el ámbito de aplicación del presente acuerdo colectivo que tuvieran consolidada cualquier cantidad en concepto de antigüedad a 31 de
diciembre de 2021, mantendrán a título personal dicha cantidad, en un concepto que será
denominado antigüedad consolidada, a partir de 2022.