Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062879)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Destoconado de 19,79 hectáreas de eucalipto y cambio de uso de suelo forestal a agrícola", cuyo promotor es D. Juan Manuel Sánchez Domínguez, en los términos municipales de Higuera de la Serena y Zalamea de la Serena (Badajoz). Expte.: IA19/1135.
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NÚMERO 189
Jueves, 30 de septiembre de 2021

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enjuagado adecuadamente aprovechando al máximo el producto se retirará en su
cooperativa o centro de compra de los productos dentro de algún sistema de recogida de envases vacíos. En ningún caso serán quemados, enterrados, depositados
en contenedores urbanos o abandonados por el campo
— 
Si se dispusiera de depósitos de carburantes y otros productos que pudieran
generar residuos peligrosos o potencialmente contaminantes en la explotación,
éstos deberán estar situados en zonas totalmente impermeabilizadas para evitar
vertidos al suelo y deberán cumplir con la normativa vigente en la materia


— Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria
con su continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.



—T
 odas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los
posibles vertidos accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos
que pueda generar la maquinaria de la obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y tratamiento por gestor autorizado.



— Se mantendrán, en caso de existir, los elementos estructurales del paisaje agrario
de interés para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación natural leñosa, muros de piedra, majanos, regatos, fuentes, pilones, charcas, etc).



— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución del proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de
reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido
en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción
y gestión de los residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011,
de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción,
posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.



c. Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.



— Previo al comienzo de los trabajos se contactará con el Coordinador de agentes
del medio natural de la zona, a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos. La conclusión de los trabajos se comunicará igualmente,
con el fin de comprobar que se han realizado conforme a las condiciones técnicas
establecidas.