Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062881)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 19 hectáreas", cuyo promotor es D. Álvaro Pérez Rodríguez, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA18/1026.
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NÚMERO 188
Miércoles, 29 de septiembre de 2021
46484
2. Se realizarán los mínimos movimientos de tierras posibles y se dispondrán las
medidas necesarias para evitar procesos erosivos. En el caso de las excavaciones de las zanjas para instalar la red de riego, se reutilizará la tierra extraída
para su posterior relleno y en el caso de existir sobrantes se esparcirán de manera regular en las inmediaciones.
3. Se realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria,
para asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas.
A este respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de
escape que se irán retirando según vayan avanzando las obras o contarán con
algún otro sistema de escape adecuado.
4. En cuanto a las tierras y piedras de excavación, en cumplimiento del principio
de jerarquía en la gestión de residuos, se deberá priorizar su reutilización en la
propia obra, y si ello no fuera posible se deberán valorizar mediante su uso en
restauración, acondicionamiento o relleno, evitando en todo caso su eliminación
en vertedero. En este sentido, se deberá cumplir lo establecido en la Orden
APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de
materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y
obras distintas a aquéllas en las que se generaron, así como contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
5. Si como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios para la implantación la instalación del sistema de riego se produjeran acúmulos de materiales
terrosos o piedras, se deberán extender de manera uniforme por el terreno de
la explotación, sin formar montones o acúmulos que modifiquen la fisiografía
natural del terreno.
6. N
o se podrá realizar ningún movimiento de tierra que modifique la orografía
natural del terreno. No se realizarán explanaciones, desmontes, bancales, etc.
7. Para reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los
caminos cuando el terreno circunstancialmente se encuentre cargado con exceso de agua.
8. Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de
acopios de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las
zonas de préstamos, acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán
contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso
de ser necesario.
Miércoles, 29 de septiembre de 2021
46484
2. Se realizarán los mínimos movimientos de tierras posibles y se dispondrán las
medidas necesarias para evitar procesos erosivos. En el caso de las excavaciones de las zanjas para instalar la red de riego, se reutilizará la tierra extraída
para su posterior relleno y en el caso de existir sobrantes se esparcirán de manera regular en las inmediaciones.
3. Se realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria,
para asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas.
A este respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de
escape que se irán retirando según vayan avanzando las obras o contarán con
algún otro sistema de escape adecuado.
4. En cuanto a las tierras y piedras de excavación, en cumplimiento del principio
de jerarquía en la gestión de residuos, se deberá priorizar su reutilización en la
propia obra, y si ello no fuera posible se deberán valorizar mediante su uso en
restauración, acondicionamiento o relleno, evitando en todo caso su eliminación
en vertedero. En este sentido, se deberá cumplir lo establecido en la Orden
APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de
materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y
obras distintas a aquéllas en las que se generaron, así como contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
5. Si como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios para la implantación la instalación del sistema de riego se produjeran acúmulos de materiales
terrosos o piedras, se deberán extender de manera uniforme por el terreno de
la explotación, sin formar montones o acúmulos que modifiquen la fisiografía
natural del terreno.
6. N
o se podrá realizar ningún movimiento de tierra que modifique la orografía
natural del terreno. No se realizarán explanaciones, desmontes, bancales, etc.
7. Para reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los
caminos cuando el terreno circunstancialmente se encuentre cargado con exceso de agua.
8. Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de
acopios de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las
zonas de préstamos, acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán
contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso
de ser necesario.