Presidencia De La Junta. Medalla De Extremadura. (2021062863)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a los requisitos y al plazo de presentación de candidaturas a la Medalla de Extremadura de 2022, en virtud de lo establecido en el Decreto 177/2013, de 24 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de concesión de la Medalla de Extremadura.
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NÚMERO 186
Lunes, 27 de septiembre de 2021

46013

Toda propuesta que se formule deberá incluir con exactitud la persona, colectivo o entidad
proponente, los méritos extraordinarios de la candidatura y su trascendencia, debiendo acompañar un informe en el que se incluyan los datos que hacen a la misma merecedora del honor
y, en caso de personas físicas, biografía, así como cualquier otro informe que se considere
necesario.
A la propuesta de candidatura podrán adjuntarse cuantos documentos o información complementaria se consideren oportunos para reforzar los méritos de la propuesta, así como los
apoyos razonados y adhesiones relativos a la misma.
Las propuestas deberán ir acompañadas de la documentación mencionada en el párrafo anterior, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de la
Administración actuante, en cuyo caso el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el
párrafo d) del artículo 53.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando se haga constar la fecha, y el órgano o
dependencia en donde fueron presentados o por quien, en su caso, fueron emitidos, y siempre
que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que
correspondan.
Cuarto. Las propuestas de concesión de la Medalla de Extremadura irán dirigidas a la Presidencia de la Comisión de la Medalla de Extremadura, y podrán remitirse por correo ordinario,
o por correo electrónico a la dirección medalla.extremadura@juntaex.es
En el supuesto de presentación por correo ordinario podrá hacerse en el registro de la Presidencia de la Junta de Extremadura, en los Centros de Atención Administrativa, Oficinas de
Respuesta Personalizada de la Junta de Extremadura o en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se
implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo
en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En el caso de que
optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para
que la solicitud sea fechada y sellada antes de ser certificada.
Quinto. En el caso de candidaturas ya presentadas en anualidades anteriores, deberá existir
una comunicación expresa de la entidad impulsora de la iniciativa en la que se reitere la voluntad de proponer nuevamente la concesión de la Medalla para el ejercicio 2022. En este supuesto, deberá adicionarse a la información aportada en ediciones anteriores aquellos nuevos
datos que permitan la actualización de los méritos concurrentes en la candidatura propuesta.