Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Actividad Empresarial. (2021DE0009)
Decreto-ley 7/2021, de 22 de septiembre, por el que se modifican el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España y el Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que se efectúa la segunda convocatoria de estas ayudas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 186
Lunes, 27 de septiembre de 2021
45994
d. I ndicación de si realiza exclusivamente operaciones no sujetas o exentas que
no obligan a presentar autoliquidación periódica de IVA y determina el pago
fraccionado de acuerdo con la modalidad prevista en el artículo 40.2 de la Ley
27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades
e. Si la empresa solicitante en los años 2019 y 2020 o en alguno de ellos se ha
formado parte de un grupo que aplique un régimen de consolidación fiscal de
territorio foral o de territorio común, la composición de dicho grupo en 2020
y si alguna entidad del mismo tributa en exclusiva ante una Hacienda Foral a
efectos del IVA en dichos años.
f. D
eclaración de que en el momento de la solicitud se sigue ejerciendo la actividad que figura en el Anexo y compromiso de mantener la misma hasta el 30 de
junio de 2022.
g. C
onjunto de ayudas públicas recibidas en los tres últimos años hasta la fecha,
organismo público concedente y fecha de concesión, en su caso.
h. Cuenta bancaria, en la que solicita que sea ingresada la ayuda concedida.
i. Declaración responsable con el compromiso de la empresa de no aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos
años, a contar desde la fecha de concesión de la subvención, y de no repartir
dividendos durante los ejercicios 2021 y 2022.
j. Autorización para la remisión al Ministerio de Hacienda de los datos de la ayuda
concedida en virtud del presente Decreto-ley.
k. Autorización a que se refiere el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, para que puedan recabarse los datos del solicitante en la Administración Tributaria.
2. Con la solicitud deberán ser aportados, en su caso, los siguientes documentos:
a. R
elación de deudas con proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, a cuyo pago será destinada la subvención, con identificación del acreedor,
fecha de las deudas e importes, así como, en su caso, los costes fijos incurridos
de la empresa.
b. D
eclaración responsable para aquellos casos en los que la empresa haya declarado pérdidas durante el ejercicio 2019, en la que se haga constar cuales fueron
sus resultados en los ejercicios 2017 y 2018, y las circunstancias excepcionales
que hayan motivado dichas pérdidas en el citado ejercicio.
Lunes, 27 de septiembre de 2021
45994
d. I ndicación de si realiza exclusivamente operaciones no sujetas o exentas que
no obligan a presentar autoliquidación periódica de IVA y determina el pago
fraccionado de acuerdo con la modalidad prevista en el artículo 40.2 de la Ley
27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades
e. Si la empresa solicitante en los años 2019 y 2020 o en alguno de ellos se ha
formado parte de un grupo que aplique un régimen de consolidación fiscal de
territorio foral o de territorio común, la composición de dicho grupo en 2020
y si alguna entidad del mismo tributa en exclusiva ante una Hacienda Foral a
efectos del IVA en dichos años.
f. D
eclaración de que en el momento de la solicitud se sigue ejerciendo la actividad que figura en el Anexo y compromiso de mantener la misma hasta el 30 de
junio de 2022.
g. C
onjunto de ayudas públicas recibidas en los tres últimos años hasta la fecha,
organismo público concedente y fecha de concesión, en su caso.
h. Cuenta bancaria, en la que solicita que sea ingresada la ayuda concedida.
i. Declaración responsable con el compromiso de la empresa de no aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos
años, a contar desde la fecha de concesión de la subvención, y de no repartir
dividendos durante los ejercicios 2021 y 2022.
j. Autorización para la remisión al Ministerio de Hacienda de los datos de la ayuda
concedida en virtud del presente Decreto-ley.
k. Autorización a que se refiere el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, para que puedan recabarse los datos del solicitante en la Administración Tributaria.
2. Con la solicitud deberán ser aportados, en su caso, los siguientes documentos:
a. R
elación de deudas con proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, a cuyo pago será destinada la subvención, con identificación del acreedor,
fecha de las deudas e importes, así como, en su caso, los costes fijos incurridos
de la empresa.
b. D
eclaración responsable para aquellos casos en los que la empresa haya declarado pérdidas durante el ejercicio 2019, en la que se haga constar cuales fueron
sus resultados en los ejercicios 2017 y 2018, y las circunstancias excepcionales
que hayan motivado dichas pérdidas en el citado ejercicio.