Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud Pública. Intervención Administrativa. (2021062885)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 22 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se alzan las medidas de intervención administrativa relativas al Nivel de Alerta Sanitaria 2 en la Comunidad Autónoma de Extremadura y, se declara el Nivel de Alerta Sanitaria 1 en el ámbito de toda la Comunidad Autónoma con la adopción de medidas de intervención administrativa excepcionales temporales en dicho nivel de alerta.
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EXTRAORDINARIO NÚMERO 23

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Jueves 23 de septiembre de 2021

Pasado un tiempo, fueron emitidos ulteriormente informes por la Dirección General de Salud
Pública de 9 y 13 de septiembre de 2021, que aportaba la motivación y justificación del alzamiento de las medidas de intervención administrativa aplicables con la declaración del Nivel
de Alerta 3 en las Áreas de Salud de Cáceres y Plasencia , y de la necesidad de implantación
del nivel de alerta sanitaria 2 para ambas Áreas de Salud. Por lo que, en consecuencia, fueron emitidos Acuerdos de 10 y de 15 de septiembre del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura alzando las medidas de intervención administrativa correspondientes al Nivel de
Alerta Sanitaria 3 para dichas Áreas de Salud y se declaraba en las mismas el Nivel de Alerta
Sanitaria 2. (DOE extraord, n.º 20, de 10 de septiembre 2021 y DOE extraord. n.º 22, de 16
de septiembre de 2021).
II
En este contexto, toda la Comunidad Autónoma de Extremadura se encuentra con la declaración del Nivel de Alerta Sanitaria 2. No obstante, de acuerdo con el apartado 2 del ordinal séptimo del Acuerdo de 28 de julio de 2021 (DOE extraord. N.º 14, de 31 de julio), del Consejo
de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se declara el Nivel de Alerta Sanitaria 2 en
la Comunidad Autónoma de Extremadura, el mismo desplegaría sus efectos desde las 00:00
horas del 2 de agosto de 2021 y mantendría su eficacia hasta que se establezca por Acuerdo
de Consejo de Gobierno que la región se encuentra en uno de los niveles de alerta diferentes
al declarado mediante el mismo.
La nueva declaración se adoptará cuando la región, según los indicadores de valoración del
riesgo, se haya mantenido durante siete días consecutivos en una situación epidemiológica
correspondiente a una fase o un nivel distinto del nivel de alerta 2.
Es de destacar que en igual sentido, se pronuncian tanto el apartado 2 del ordinal Sexto de
los citados Acuerdos de 10 y 15 de septiembre de 2021, por el que se declaraba el Nivel de
Alerta Sanitaria 2 para las Áreas de Salud de Cáceres y Plasencia, los cuales desplegaban sus
efectos desde su respectiva publicación en el DOE, una vez obtenida ratificación judicial, y
manteniendo su eficacia hasta que se establezca por Acuerdo de Consejo de Gobierno otro de
los niveles de alerta diferentes al declarado mediante los mismos.
Por otro lado, en los Acuerdos referidos por los que se declaran el Nivel de Alerta Sanitaria 2
en los ámbitos señalados, se indica expresamente que las medidas previstas para dicho nivel
podrán ser alzadas, modificadas o prorrogadas, según los casos, en función de la evolución
de la situación epidemiológica en Extremadura, de conformidad con los indicadores tenidos en
cuenta para valorar el riesgo de transmisión de la Covid-19 en la región.
Dentro de este marco de actuación, ha sido emitido informe epidemiológico de 20 de septiembre de 2021 por la Dirección General de Salud Pública, que pone de manifiesto que la