Consejería De Igualdad Y Portavocía. Igualdad De Género. Subvenciones. (2021062838)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres correspondiente al año 2021.
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NÚMERO 183
Miércoles, 22 de septiembre de 2021
45599
d. Adecuación del presupuesto a las actividades y número de beneficiarias previstas:
3 puntos.
2. Ámbito territorial del proyecto: máximo 8 puntos.
a. Local: 2 puntos.
b. C
omarcal: 4 puntos.
c. Provincial: 6 puntos.
d. R
egional: 8 puntos.
3. L
a participación de otras organizaciones sociales en las actividades del proyecto: máximo
10 puntos.
a. De 2 a 4 organizaciones: 5 puntos.
b. M
ás de 4 organizaciones: 10 puntos.
4. Número de mujeres beneficiarias: máximo 8 puntos.
a. Hasta 25 personas: 2 puntos.
b. D
esde 26 a 50 personas: 4 puntos.
c. Desde 51 a 75 personas: 6 puntos.
d. M
ás de 75 personas: 8 puntos.
Decimosegundo. Cuantía individualizada de la ayuda.
1. L
a puntuación mínima necesaria para que el proyecto presentado por una agrupación o
federación pueda recibir la ayuda será de 18 puntos.
2. S
e financiará la totalidad del proyecto subvencionado, con un máximo de 8.000 euros.
No obstante, cuando el número de proyectos que obtengan la puntuación mínima sean
superiores al crédito disponible, se procederá, a la aplicación de la siguiente fórmula para
determinar la cuantía de la ayuda: Crédito total de la respectiva convocatoria / Suma de la
puntuación obtenida por todas las solicitantes que hayan alcanzado la puntuación mínima
× Puntuación obtenida por cada solicitante, aplicándose el prorrateo previsto en el artículo
22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. Sin embargo, cuando la cuantía del proyecto presentado sea inferior a la que resulte de aplicar la fórmula anterior, la ayuda vendrá determinada por el importe solicitado.
Miércoles, 22 de septiembre de 2021
45599
d. Adecuación del presupuesto a las actividades y número de beneficiarias previstas:
3 puntos.
2. Ámbito territorial del proyecto: máximo 8 puntos.
a. Local: 2 puntos.
b. C
omarcal: 4 puntos.
c. Provincial: 6 puntos.
d. R
egional: 8 puntos.
3. L
a participación de otras organizaciones sociales en las actividades del proyecto: máximo
10 puntos.
a. De 2 a 4 organizaciones: 5 puntos.
b. M
ás de 4 organizaciones: 10 puntos.
4. Número de mujeres beneficiarias: máximo 8 puntos.
a. Hasta 25 personas: 2 puntos.
b. D
esde 26 a 50 personas: 4 puntos.
c. Desde 51 a 75 personas: 6 puntos.
d. M
ás de 75 personas: 8 puntos.
Decimosegundo. Cuantía individualizada de la ayuda.
1. L
a puntuación mínima necesaria para que el proyecto presentado por una agrupación o
federación pueda recibir la ayuda será de 18 puntos.
2. S
e financiará la totalidad del proyecto subvencionado, con un máximo de 8.000 euros.
No obstante, cuando el número de proyectos que obtengan la puntuación mínima sean
superiores al crédito disponible, se procederá, a la aplicación de la siguiente fórmula para
determinar la cuantía de la ayuda: Crédito total de la respectiva convocatoria / Suma de la
puntuación obtenida por todas las solicitantes que hayan alcanzado la puntuación mínima
× Puntuación obtenida por cada solicitante, aplicándose el prorrateo previsto en el artículo
22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. Sin embargo, cuando la cuantía del proyecto presentado sea inferior a la que resulte de aplicar la fórmula anterior, la ayuda vendrá determinada por el importe solicitado.