Consejería De Igualdad Y Portavocía. Igualdad De Género. Subvenciones. (2021062838)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres correspondiente al año 2021.
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NÚMERO 183
Miércoles, 22 de septiembre de 2021

45598

El personal técnico que sea contratado para la realización de las acciones subvencionables
deberá estar en posesión del Ciclo Formativo de Grado Superior de Promoción de Igualdad
de Género o en su caso formación especializada y/o experiencia acreditada en intervención
en material de igualdad y violencia de género, un mínimo de 200 horas de formación especializada en materia de igualdad y violencia de género o 12 meses de experiencia laboral
en esta materia.
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor de mercado.
2. No serán subvencionables los siguientes gastos:


a. L
 as retribuciones salariales referidas a horas extraordinarias, a vacaciones no disfrutadas, a gratificaciones extraordinarias y en especie.



b. L
 os gastos de personal derivados de la contratación de miembros de la junta directiva de la entidad o entidades beneficiarias de la ayuda.



c. Gastos corrientes de funcionamiento de la entidad.



d. L
 os gastos de protocolo, celebraciones de inauguración o clausura y obsequios.



e. Los gastos presupuestados de “imprevistos”, “otros gastos” ni los gastos no detallados.



f. A
 dquisición de material informático, mobiliario y enseres.



g. L
 os gastos prevenidos en el artículo 36.7 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Decimoprimero. Valoración de los proyectos.
La valoración de los proyectos se realizará de acuerdo con los siguientes criterios y puntuaciones, pudiendo alcanzar los 38 puntos.
1. Calidad técnica del proyecto: máximo 12 puntos.
a. Descripción del contenido del proyecto, en el que se definan de manera concisa los objetivos establecidos en el artículo 2: 3 puntos.
b. E
 xistencia de relación entre los objetivos de proyecto, metodología y las actividades a
realizar: 3 puntos.
c. Previsión de un sistema de seguimiento y evaluación de las actividades a desarrollar:
3 puntos.