Consejería De Igualdad Y Portavocía. Igualdad De Género. Subvenciones. (2021062838)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres correspondiente al año 2021.
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NÚMERO 183
Miércoles, 22 de septiembre de 2021

45595

Sexto. Documentación.
1. L
 as solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación que se especifica en el
presente apartado. No obstante, la mera presentación de la solicitud conlleva la autorización
al órgano gestor para la consulta de oficio de los datos y documentos elaborados por
cualquier administración Pública que se recogen en el presente artículo, salvo que se
formule oposición expresa. No será preciso presentar los documentos ya aportados con
anterioridad a cualquier Administración Pública, siempre y cuando se haga constar en el
apartado correspondiente de la solicitud el lugar, órgano y fecha en qué se presentaron
dichos documentos.
2. S
 e recabarán de oficio los siguientes documentos, salvo que la interesada formule oposición expresa, en cuyo caso serán aportados por la misma junto con la solicitud:


a) Certificados que acrediten que la empresa solicitante se encuentra al corriente de sus
obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, salvo que haya autorizado al órgano
gestor para recabarlo de oficio; así como que se encuentra al corriente de sus obligaciones de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma y frente a la Seguridad
Social, salvo que pueda recabarlos de oficio el órgano gestor, por no existir oposición
expresa de la persona solicitante.



b) DNI de la persona representante legal de la entidad.



c) Acreditación de estar inscrita en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma, al menos un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran.



d) Estatutos de la entidad.

3. L
 a entidad interesada deberá aportar, en cualquier caso, la documentación que se indica a
continuación:


a) Declaración responsable de no estar incursa en prohibición para obtener la condición
de beneficiaria de la ayuda, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No
será necesaria la presentación de esta declaración si la interesada cumplimenta en
el modelo de solicitud la casilla correspondiente.



b) Declaración responsable, en su caso, de haber recibido subvenciones o ayudas para
la misma finalidad.



c) Anexo II cumplimentado con la información del proyecto para el que se solicita la
ayuda.