Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud Pública. Intervención Administrativa. (2021062796)
Resolución de 16 de septiembre de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 15 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se alzan las medidas de intervención administrativa relativas al Nivel de Alerta Sanitaria 3 del Área de Salud de Plasencia previstas en el Acuerdo de 20 de agosto de 2021 del mismo órgano, se declara el Nivel de Alerta Sanitaria 2 en dicho área de salud y se adoptan medidas de intervención administrativa excepcionales temporales de flexibilización aplicables en toda la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Nivel de Alerta Sanitaria 2.
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EXTRAORDINARIO NÚMERO 22
Jueves 16 de septiembre de 2021

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por el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y actualizado con fecha
26 de marzo y 2 de junio de 2021.
Dicho documento estableció el marco de actuación para una respuesta proporcional a distintos niveles de alerta definidos por un proceso de evaluación del riesgo en base al conjunto
de indicadores epidemiológicos y de capacidad asistencial y de salud pública, y proponía a
las autoridades competentes en cada Comunidad Autónoma unos indicadores de referencia y
unos criterios de valoración del riesgo comunes para todo el territorio nacional, para determinar así el nivel de alerta por Covid-19 en el que se encuentra un ámbito territorial concreto,
con la finalidad de orientar sobre la naturaleza más o menos restrictiva de las medidas en
materia de salud pública a implementar en el territorio evaluado, medidas todas ellas que se
han demostrado eficaces para controlar la epidemia, aunque ninguna de forma aislada consiga reducir el riesgo por completo.
De conformidad con el antedicho documento y con los indicadores de referencia y los criterios
de valoración del riesgo comunes para todo el territorio nacional recogidos en el mismo, y con
arreglo a la legislación sanitaria ordinaria, se adoptó el Acuerdo de 5 de mayo de 2021, del
Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se establecen los distintos niveles
de alerta sanitaria y las medidas generales de prevención e intervención administrativas en
materia de salud pública aplicables hasta que sea declarada por el Gobierno de España la
finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 (DOE suplemento
n.º 85, de 6 de mayo de 2021), el cual ha sido objeto de una corrección de errores (DOE
extraordinario n.º 2, de 8 de mayo de 2021) y de modificaciones posteriores mediante
Acuerdo de 18 de mayo de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura
(DOE suplemento n.º 94, de 19 de mayo), Acuerdo de 9 de junio de 2021, del Consejo de
Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se modifican las medidas preventivas en
relación con los centros y dispositivos residenciales y no residenciales en el ámbito de los
Servicios Sociales (DOE suplemento n.º 109, de 9 de junio) y Acuerdo de 10 de junio de 2021,
del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se modifican las medidas
preventivas en relación con los establecimientos de hostelería, restauración, ocio nocturno y
juegos y apuestas (DOE suplemento n.º 111, de 11 de junio).
El objeto de dicho Acuerdo de 5 de mayo de 2021 es el establecimiento de los distintos
niveles de alerta sanitaria que determinan la implementación de las medidas de prevención e
intervención administrativas proporcionales al nivel de riesgo de transmisión del SARS-CoV-2
en cada uno de los niveles de alerta sanitaria, fijándose cuatro niveles de alerta en función del
riego sanitario: nivel de alerta 1, riesgo bajo con brotes complejos o transmisión comunitaria
limitada; nivel de alerta 2, riesgo medio, transmisión comunitaria sostenida generalizada
con presión creciente sobre el sistema sanitario; nivel de alerta 3, riesgo alto, transmisión