Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062760)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Calzadilla en materia de uso público en áreas protegidas. Nº expediente: 211803SYM002.
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NÚMERO 178
Miércoles, 15 de septiembre de 2021

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c) un cambio sustancial que afecte a la naturaleza, los objetivos o las condiciones de ejecución de la operación, de modo que se menoscaben sus objetivos originales.
Undécima. Incumplimiento.
Toda alteración no autorizada de las condiciones en las que se concede la subvención podrá
dar lugar a la resolución del convenio.
Procederá la revocación de la subvención y el reintegro de las cantidades percibidas en los
casos y términos previstos en el Título III de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El Ayuntamiento de Calzadilla queda sometido a las responsabilidades y régimen sancionador
que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece el título V de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo.
En el caso de extinción del presente convenio por incumplimiento del mismo, las actuaciones
pendientes correrán a cargo del Ayuntamiento de Calzadilla.
El grado de incumplimiento por parte del Ayuntamiento de Calzadilla se determinará proporcionalmente al porcentaje que no se haya ejecutado o no se haya justificado correctamente,
entendiendo cumplido el objeto de la subvención cuando alcance un grado de ejecución mínimo equivalente a 60 % del importe total de la misma, procediendo la devolución de las cantidades percibidas y no ejecutadas. En caso contrario, existirá incumplimiento total y procederá
la devolución total de las cantidades percibidas cuando el grado de ejecución mínimo resulte
inferior al 60% de la cuantía total de la subvención, todo ello sin perjuicio de la exigencia del
interés de demora previsto en el artículo 24 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, de Hacienda
Pública de Extremadura.
Duodécima. Compatibilidad.
La subvención que se otorga al amparo del presente convenio será incompatible con otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de
organismos internacionales.
Decimotercera. Relación laboral.
Los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Calzadilla con terceros en ejecución de las
actuaciones financiadas con cargo al presente convenio, serán de su exclusiva responsabilidad, realizándose a su riesgo y ventura.