Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062750)
Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto del Nudo San Serván 400 kV correspondiente a la subestación "SUB1 colectora San Serván 400/220 kV", a realizar en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA20/1555.
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NÚMERO 177
Martes, 14 de septiembre de 2021
44700
— Con fecha 22 de abril de 2021, el Ayuntamiento de Mérida emite informe técnico,
con el siguiente contenido:
• Los terrenos donde se pretende realizar la construcción están recogidos en el
PGOU vigente como suelo no urbanizable común, con las condiciones generales
recogidas en el artículo 13.27 de la modificación puntual al PGOU aprobada
definitivamente por Resolución de la Conserjería de Medio Ambiente y Rural,
Políticas Agrarias y Territorio de 27 de enero de 2017 y publicada en el DOE de
fecha 26 de octubre de 2017.
• El uso previsto está considerado susceptible de autorización, al ser una instalación de energías renovables y no estar marcada en el plano de Estructura del
Territorio con un círculo, en base a la modificación puntual al PGOU aprobada
definitivamente por Resolución de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio de 6 de agosto de 2020 y publicada en el DOE de fecha 15
de septiembre de 2020.
• Por todo ello, el proyecto según los datos aportados, se considera compatible
urbanísticamente a los efectos del artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
modificado por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil
en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Con fecha 28 de abril de 2021 la Sección de Conservación y Explotación de la
Dirección General de Carreteras informa que no procede emitir informe sectorial
ya que las instalaciones a las que se refiere se encuentran ubicadas fuera de las
zonas de influencia de carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura, no
teniendo acceso directo a ninguna de ellas.
— Con fecha 28 de abril de 2021, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal emite
informe de afección forestal en el indica que el terreno afectado es agrícola, por
lo que no existe afección forestal e informa favorablemente.
— Con fecha 29 de abril de 2021, la Dirección General de Salud Pública del Servicio
Extremeño de Salud informa favorablemente.
— La Confederación Hidrográfica del Guadiana emite con fecha 11 de junio de 2021
informe de afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a
los usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico (en adelante, DPH)
y en sus zonas de servidumbre y policía y zonas inundables, en el que hacen las
siguientes indicaciones en el ámbito de sus competencias:
Martes, 14 de septiembre de 2021
44700
— Con fecha 22 de abril de 2021, el Ayuntamiento de Mérida emite informe técnico,
con el siguiente contenido:
• Los terrenos donde se pretende realizar la construcción están recogidos en el
PGOU vigente como suelo no urbanizable común, con las condiciones generales
recogidas en el artículo 13.27 de la modificación puntual al PGOU aprobada
definitivamente por Resolución de la Conserjería de Medio Ambiente y Rural,
Políticas Agrarias y Territorio de 27 de enero de 2017 y publicada en el DOE de
fecha 26 de octubre de 2017.
• El uso previsto está considerado susceptible de autorización, al ser una instalación de energías renovables y no estar marcada en el plano de Estructura del
Territorio con un círculo, en base a la modificación puntual al PGOU aprobada
definitivamente por Resolución de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio de 6 de agosto de 2020 y publicada en el DOE de fecha 15
de septiembre de 2020.
• Por todo ello, el proyecto según los datos aportados, se considera compatible
urbanísticamente a los efectos del artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
modificado por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil
en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Con fecha 28 de abril de 2021 la Sección de Conservación y Explotación de la
Dirección General de Carreteras informa que no procede emitir informe sectorial
ya que las instalaciones a las que se refiere se encuentran ubicadas fuera de las
zonas de influencia de carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura, no
teniendo acceso directo a ninguna de ellas.
— Con fecha 28 de abril de 2021, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal emite
informe de afección forestal en el indica que el terreno afectado es agrícola, por
lo que no existe afección forestal e informa favorablemente.
— Con fecha 29 de abril de 2021, la Dirección General de Salud Pública del Servicio
Extremeño de Salud informa favorablemente.
— La Confederación Hidrográfica del Guadiana emite con fecha 11 de junio de 2021
informe de afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a
los usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico (en adelante, DPH)
y en sus zonas de servidumbre y policía y zonas inundables, en el que hacen las
siguientes indicaciones en el ámbito de sus competencias: