Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud Pública. Intervención Administrativa. (2021062769)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 10 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se alzan las medidas de intervención administrativa previstas en el Acuerdo de 25 de agosto de 2021 del mismo órgano por el que se declara el Nivel de Alerta Sanitaria 3 en el ámbito del área de salud de Cáceres y, se declara el Nivel de Alerta Sanitaria 2 en dicho área de salud.
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EXTRAORDINARIO NÚMERO 20
Viernes 10 de septiembre de 2021
367
ACUERDO
Primero. Alzamiento de las medidas de intervención administrativas previstas
en el Acuerdo de 25 de agosto de 2021 del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura.
Mediante el presente acuerdo se alzan las medidas de intervención administrativas previstas
en el Acuerdo de 25 de agosto de 2021 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura
por el que se declara el Nivel de Alerta Sanitaria 3 en el ámbito del Área de Salud de Cáceres,
quedado en consecuencia sin efectos el mencionado Acuerdo.
Segundo. Del Nivel de Alerta Sanitaria 2.
1. Mediante este Acuerdo se declara, en el ámbito del Área de Salud de Cáceres, el Nivel de
Alerta Sanitaria 2, en correlación con el Nivel de Alerta Sanitaria 2 declarado para la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante Acuerdo de 28 de julio de 2021 del Consejo de
Gobierno de la Junta de Extremadura, el cual será aplicable en toda su extensión. Y ello,
a excepción del Área de Salud de Plasencia, que mantiene el Nivel de Alerta Sanitaria 3
declarado mediante Acuerdo de 18 de agosto de 2021 del mismo órgano.
2. La declaración del Nivel de Alerta Sanitaria 2 comporta que en el ámbito del Área de Salud
de Cáceres sean de aplicación las medidas de prevención e intervención administrativas
del Acuerdo de 5 de mayo de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura,
por el que se establecen los distintos niveles de alerta sanitaria y las medidas generales de
prevención e intervención administrativas en materia de salud pública aplicables hasta que
sea declarada por el Gobierno de España la finalización de la situación de crisis sanitaria
ocasionada por la COVID-19, y en idénticos términos expresados para la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante Acuerdo de 28 de julio de 2021, del Consejo de Gobierno
de la Junta de Extremadura.
Tercero. Régimen sancionador.
El incumplimiento de las obligaciones contenidas en este Acuerdo será sancionable en los
términos previstos en la Ley 7/2011, de 23 de marzo, de salud pública de Extremadura, en su
redacción dada por el Decreto-ley 13/2020, de 22 de julio, por el que se modifica la citada ley
en relación con el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de salud pública
adoptadas como consecuencia de las crisis sanitarias ocasionadas por la COVID-19 u otras
epidemias, y demás normativa que resulte de aplicación.
Viernes 10 de septiembre de 2021
367
ACUERDO
Primero. Alzamiento de las medidas de intervención administrativas previstas
en el Acuerdo de 25 de agosto de 2021 del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura.
Mediante el presente acuerdo se alzan las medidas de intervención administrativas previstas
en el Acuerdo de 25 de agosto de 2021 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura
por el que se declara el Nivel de Alerta Sanitaria 3 en el ámbito del Área de Salud de Cáceres,
quedado en consecuencia sin efectos el mencionado Acuerdo.
Segundo. Del Nivel de Alerta Sanitaria 2.
1. Mediante este Acuerdo se declara, en el ámbito del Área de Salud de Cáceres, el Nivel de
Alerta Sanitaria 2, en correlación con el Nivel de Alerta Sanitaria 2 declarado para la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante Acuerdo de 28 de julio de 2021 del Consejo de
Gobierno de la Junta de Extremadura, el cual será aplicable en toda su extensión. Y ello,
a excepción del Área de Salud de Plasencia, que mantiene el Nivel de Alerta Sanitaria 3
declarado mediante Acuerdo de 18 de agosto de 2021 del mismo órgano.
2. La declaración del Nivel de Alerta Sanitaria 2 comporta que en el ámbito del Área de Salud
de Cáceres sean de aplicación las medidas de prevención e intervención administrativas
del Acuerdo de 5 de mayo de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura,
por el que se establecen los distintos niveles de alerta sanitaria y las medidas generales de
prevención e intervención administrativas en materia de salud pública aplicables hasta que
sea declarada por el Gobierno de España la finalización de la situación de crisis sanitaria
ocasionada por la COVID-19, y en idénticos términos expresados para la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante Acuerdo de 28 de julio de 2021, del Consejo de Gobierno
de la Junta de Extremadura.
Tercero. Régimen sancionador.
El incumplimiento de las obligaciones contenidas en este Acuerdo será sancionable en los
términos previstos en la Ley 7/2011, de 23 de marzo, de salud pública de Extremadura, en su
redacción dada por el Decreto-ley 13/2020, de 22 de julio, por el que se modifica la citada ley
en relación con el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de salud pública
adoptadas como consecuencia de las crisis sanitarias ocasionadas por la COVID-19 u otras
epidemias, y demás normativa que resulte de aplicación.