Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062696)
Resolución de 27 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental de la modificación del proyecto de nave para almacenaje de agua embotellada, a ejecutar en el término municipal de Valencia de Alcántara, cuyo promotor es Chumacero, SA. Expte: IA21/0981 (IA17/1675).
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NÚMERO 173
44166
Martes, 7 de septiembre de 2021
Dicha modificación consiste en un aumento en la altura de la nave propuesta, cuyas dimensiones se indican a continuación:
Proyecto evaluado
Modificación propuesta
Superficie construida (m2)
6.830,00
6.830,00
N.º de plantas
1
1
Altura alero (m)
7,90
13,47
Altura cumbrera (m)
17,50
20,00
Este incremento en la altura de la nave viene justificado por la instalación de nuevo equipamiento de almacenamiento en altura consistente en un sistema compacto semiautomático
que utiliza un carro satélite para cargar y descargar los palets en el interior de las estanterías.
Este nuevo equipamiento, debido a las alturas de trabajo y de las dimensiones de la maquinaria de automatización hace necesario una altura libre en el interior de la nave de 15,5 metros.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 89 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano ambiental,
a los efectos de pronunciarse sobre el carácter de la modificación, podrá solicitar informes a
las Administraciones Públicas afectadas por razón de la materia, en relación con los elementos esenciales que sean objeto de la modificación solicitada, y que fueron tenidos en cuenta
en la evaluación de impacto ambiental. De acuerdo con ello, se han solicitado los siguientes
informes:
Relación de organismos y entidades consultados
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. Dirección General
de Sostenibilidad
Respuestas
recibidas
X
44166
Martes, 7 de septiembre de 2021
Dicha modificación consiste en un aumento en la altura de la nave propuesta, cuyas dimensiones se indican a continuación:
Proyecto evaluado
Modificación propuesta
Superficie construida (m2)
6.830,00
6.830,00
N.º de plantas
1
1
Altura alero (m)
7,90
13,47
Altura cumbrera (m)
17,50
20,00
Este incremento en la altura de la nave viene justificado por la instalación de nuevo equipamiento de almacenamiento en altura consistente en un sistema compacto semiautomático
que utiliza un carro satélite para cargar y descargar los palets en el interior de las estanterías.
Este nuevo equipamiento, debido a las alturas de trabajo y de las dimensiones de la maquinaria de automatización hace necesario una altura libre en el interior de la nave de 15,5 metros.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 89 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano ambiental,
a los efectos de pronunciarse sobre el carácter de la modificación, podrá solicitar informes a
las Administraciones Públicas afectadas por razón de la materia, en relación con los elementos esenciales que sean objeto de la modificación solicitada, y que fueron tenidos en cuenta
en la evaluación de impacto ambiental. De acuerdo con ello, se han solicitado los siguientes
informes:
Relación de organismos y entidades consultados
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. Dirección General
de Sostenibilidad
Respuestas
recibidas
X