Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Protección Civil. (2021040128)
Decreto 100/2021, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el estatuto del voluntariado de protección civil y emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 173
Martes, 7 de septiembre de 2021
43890
1º. L
as personas mayores de 16 años y menores de 18 años deberán contar con el consentimiento previo y expreso por escrito de quien ejerza la patria potestad sobre las
mismas, quienes ostenten su tutoría o su representación legal, atendiendo a cuestiones de responsabilidad civil y penal y capacidad de mantenimiento de relación
contractual.
2º. L
as personas menores de 16 años y mayores de 12 años podrán llevar a cabo actividades de voluntariado de protección civil siempre que estas no perjudiquen su
desarrollo, formación y escolarización, o supongan un peligro para su integridad,
y cuenten con la autorización expresa de quien ejerza la patria potestad sobre las
mismas, quienes ostenten su tutoría o su representación legal.
b) No estar inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
c) No haber sido expulsada de una agrupación por resolución administrativa firme.
d) No padecer enfermedad, ni defecto físico, psíquico o sensorial que impida ejercer normalmente las funciones propias de su destino o puesto específico dentro de la agrupación. En caso de personas voluntarias de avanzada edad, con discapacidad o en
situación de dependencia, el consentimiento para su incorporación, la información y
formación y las actividades que se le encomienden, se deberán llevar a cabo en formatos adecuados y de acuerdo con sus capacidades y circunstancias personales, siguiendo
las pautas de marcadas con los principios de accesibilidad universal y diseño para todos,
de manera que les resulten accesibles, usables y comprensibles.
e) N
o tener antecedentes penales no cancelados por delitos de violencia doméstica o de
género, por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o
la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos, o por delitos de tráfico
ilegal o inmigración clandestina de personas o por delitos de terrorismo. Estas circunstancias se acreditarán mediante la aportación de una certificación de antecedentes
penales negativo de estos delitos.
f) No haber sido condenada por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad
sexuales, trata y explotación de menores. Este extremo se deberá acreditar mediante la
aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
g) Superar el curso de formación básica para voluntariado de protección civil, impartido
por la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, o por otra entidad que imparta
dicho curso de formación básica previamente homologado por la Academia de Seguridad Pública de Extremadura. No obstante, en caso de no haber superado dicho curso a
fecha de presentación de la solicitud de ingreso, deberá cursarlo obligatoriamente en la
Martes, 7 de septiembre de 2021
43890
1º. L
as personas mayores de 16 años y menores de 18 años deberán contar con el consentimiento previo y expreso por escrito de quien ejerza la patria potestad sobre las
mismas, quienes ostenten su tutoría o su representación legal, atendiendo a cuestiones de responsabilidad civil y penal y capacidad de mantenimiento de relación
contractual.
2º. L
as personas menores de 16 años y mayores de 12 años podrán llevar a cabo actividades de voluntariado de protección civil siempre que estas no perjudiquen su
desarrollo, formación y escolarización, o supongan un peligro para su integridad,
y cuenten con la autorización expresa de quien ejerza la patria potestad sobre las
mismas, quienes ostenten su tutoría o su representación legal.
b) No estar inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
c) No haber sido expulsada de una agrupación por resolución administrativa firme.
d) No padecer enfermedad, ni defecto físico, psíquico o sensorial que impida ejercer normalmente las funciones propias de su destino o puesto específico dentro de la agrupación. En caso de personas voluntarias de avanzada edad, con discapacidad o en
situación de dependencia, el consentimiento para su incorporación, la información y
formación y las actividades que se le encomienden, se deberán llevar a cabo en formatos adecuados y de acuerdo con sus capacidades y circunstancias personales, siguiendo
las pautas de marcadas con los principios de accesibilidad universal y diseño para todos,
de manera que les resulten accesibles, usables y comprensibles.
e) N
o tener antecedentes penales no cancelados por delitos de violencia doméstica o de
género, por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o
la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos, o por delitos de tráfico
ilegal o inmigración clandestina de personas o por delitos de terrorismo. Estas circunstancias se acreditarán mediante la aportación de una certificación de antecedentes
penales negativo de estos delitos.
f) No haber sido condenada por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad
sexuales, trata y explotación de menores. Este extremo se deberá acreditar mediante la
aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
g) Superar el curso de formación básica para voluntariado de protección civil, impartido
por la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, o por otra entidad que imparta
dicho curso de formación básica previamente homologado por la Academia de Seguridad Pública de Extremadura. No obstante, en caso de no haber superado dicho curso a
fecha de presentación de la solicitud de ingreso, deberá cursarlo obligatoriamente en la