Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Protección Civil. (2021040128)
Decreto 100/2021, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el estatuto del voluntariado de protección civil y emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 173
Martes, 7 de septiembre de 2021
43887
Artículo 6. Dependencia orgánica y funcional.
1. L
a Agrupación dependerá orgánica y funcionalmente de la entidad local, con excepción de
lo establecido en el apartado siguiente.
2. Cuando actúe dentro del marco de intervención de un plan de protección civil, dependerá
funcionalmente de la persona titular de la Dirección de dicho plan.
3. Corresponde a la entidad local respectiva la dotación de la infraestructura y el equipamiento necesario para el desarrollo de las funciones que correspondan a la agrupación.
Artículo 7. Ámbito territorial de actuación.
1. Dentro de su ámbito territorial: término municipal.
La agrupación desarrollará sus funciones dentro del ámbito territorial de la entidad local a
la que pertenezca, es decir, dentro de su término municipal.
2. Fuera de su ámbito territorial: fuera del término municipal.
La agrupación sólo desarrollará sus funciones fuera del ámbito territorial de la entidad
local a la que pertenezca, previa autorización de quien ostente el cargo de Presidencia de
la agrupación y posterior comunicación de la misma al órgano competente en materia de
emergencias y protección civil de la Junta de Extremadura, cuando concurran alguno de
los siguientes supuestos:
a) Cuando lo requiera la máxima autoridad en materia de emergencias y protección civil
de una entidad local en caso de emergencia.
b) Cuando lo requiera la persona titular de la Dirección de un plan de protección civil.
c) Cuando lo requiera la entidad pública competente en la organización del dispositivo de
protección civil de un determinado evento o cualquier otra forma de colaboración que se
determine.
d) Cuando así se establezca en cualquiera de los instrumentos de colaboración administrativa que puedan existir de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de régimen local,
estatal y autonómica.
e) C
uando la actividad a realizar la organice la misma entidad local a la que pertenezca la
agrupación.
Martes, 7 de septiembre de 2021
43887
Artículo 6. Dependencia orgánica y funcional.
1. L
a Agrupación dependerá orgánica y funcionalmente de la entidad local, con excepción de
lo establecido en el apartado siguiente.
2. Cuando actúe dentro del marco de intervención de un plan de protección civil, dependerá
funcionalmente de la persona titular de la Dirección de dicho plan.
3. Corresponde a la entidad local respectiva la dotación de la infraestructura y el equipamiento necesario para el desarrollo de las funciones que correspondan a la agrupación.
Artículo 7. Ámbito territorial de actuación.
1. Dentro de su ámbito territorial: término municipal.
La agrupación desarrollará sus funciones dentro del ámbito territorial de la entidad local a
la que pertenezca, es decir, dentro de su término municipal.
2. Fuera de su ámbito territorial: fuera del término municipal.
La agrupación sólo desarrollará sus funciones fuera del ámbito territorial de la entidad
local a la que pertenezca, previa autorización de quien ostente el cargo de Presidencia de
la agrupación y posterior comunicación de la misma al órgano competente en materia de
emergencias y protección civil de la Junta de Extremadura, cuando concurran alguno de
los siguientes supuestos:
a) Cuando lo requiera la máxima autoridad en materia de emergencias y protección civil
de una entidad local en caso de emergencia.
b) Cuando lo requiera la persona titular de la Dirección de un plan de protección civil.
c) Cuando lo requiera la entidad pública competente en la organización del dispositivo de
protección civil de un determinado evento o cualquier otra forma de colaboración que se
determine.
d) Cuando así se establezca en cualquiera de los instrumentos de colaboración administrativa que puedan existir de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de régimen local,
estatal y autonómica.
e) C
uando la actividad a realizar la organice la misma entidad local a la que pertenezca la
agrupación.