Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062660)
Resolución de 20 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta de compostaje, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Casar de Cáceres, en el término municipal de Casar de Cáceres. Expte.: IA21/0501.
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NÚMERO 172
Lunes, 6 de septiembre de 2021
43854
• Conforme a proyecto, la instalación no contará con almacenamiento previo al tratamiento de compostaje, ni con almacén de compost.
•T
odo el proceso productivo se llevará a cabo sobre solera de hormigón, bajo cubierta,
y con recogida y canalización de lixiviados a la balsa diseñada a tal fin.
•L
a capacidad de la balsa habrá de garantizar que no se produzcan vertidos, y en su
diseño y construcción habrán de contemplarse las siguientes medidas:
1) S
u ubicación debe hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten
molestias por malos olores a las poblaciones más cercanas.
2) E
sta infraestructura, cumplirá con las siguientes características constructivas:
— Con objeto de prevenir la posibilidad de filtraciones, se habilitará la correcta
impermeabilización del sistema de retención.
— Talud perimetral de hormigón de 0,5 m, para impedir desbordamientos; y
cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.
— Sistema de control de fugas mediante red de recogida de filtraciones canalizadas a una arqueta de detección de fugas, ubicada en el punto más bajo
del terreno.
—
Cerramiento perimetral.
•L
as operaciones de limpieza de la balsa se realizarán con la frecuencia necesaria a fin
de evitar la generación de malos olores y mediante procedimientos que no deterioren las características resistentes e impermeables de las mismas. Estas operaciones
de limpieza se aprovecharán para la comprobación y mantenimiento del correcto
estado de esta infraestructura de almacenamiento.
• Los residuos que se pretenden gestionar en la industria, son los siguientes: 20 01
08, 02 01 03, 20 02 01.
• El almacenamiento y gestión de los productos necesarios para el desarrollo de la
actividad, se regirá por su normativa específica.
•E
n lo que a generación y a gestión de residuos se refiere, se atenderá a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Lunes, 6 de septiembre de 2021
43854
• Conforme a proyecto, la instalación no contará con almacenamiento previo al tratamiento de compostaje, ni con almacén de compost.
•T
odo el proceso productivo se llevará a cabo sobre solera de hormigón, bajo cubierta,
y con recogida y canalización de lixiviados a la balsa diseñada a tal fin.
•L
a capacidad de la balsa habrá de garantizar que no se produzcan vertidos, y en su
diseño y construcción habrán de contemplarse las siguientes medidas:
1) S
u ubicación debe hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten
molestias por malos olores a las poblaciones más cercanas.
2) E
sta infraestructura, cumplirá con las siguientes características constructivas:
— Con objeto de prevenir la posibilidad de filtraciones, se habilitará la correcta
impermeabilización del sistema de retención.
— Talud perimetral de hormigón de 0,5 m, para impedir desbordamientos; y
cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.
— Sistema de control de fugas mediante red de recogida de filtraciones canalizadas a una arqueta de detección de fugas, ubicada en el punto más bajo
del terreno.
—
Cerramiento perimetral.
•L
as operaciones de limpieza de la balsa se realizarán con la frecuencia necesaria a fin
de evitar la generación de malos olores y mediante procedimientos que no deterioren las características resistentes e impermeables de las mismas. Estas operaciones
de limpieza se aprovecharán para la comprobación y mantenimiento del correcto
estado de esta infraestructura de almacenamiento.
• Los residuos que se pretenden gestionar en la industria, son los siguientes: 20 01
08, 02 01 03, 20 02 01.
• El almacenamiento y gestión de los productos necesarios para el desarrollo de la
actividad, se regirá por su normativa específica.
•E
n lo que a generación y a gestión de residuos se refiere, se atenderá a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.