Consejería De Igualdad Y Portavocía. Igualdad De Género. Subvenciones. (2021050150)
Orden de 24 de agosto de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las asociaciones, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres, para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres.
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NÚMERO 169
Miércoles, 1 de septiembre de 2021

43407

Artículo 7. Documentación.
1. L
 as solicitudes, se formalizarán en el impreso normalizado que figure en la correspondiente
resolución de convocatoria, que deberán ir acompañadas de la documentación que se especifica en el presente artículo. No obstante, la mera presentación de la solicitud conlleva
la autorización al órgano gestor para la consulta de oficio de los datos y documentos elaborados por cualquier Administración Pública que se recogen en el presente artículo, salvo
que se formule oposición expresa. No será preciso presentar los documentos ya aportados
con anterioridad a cualquier Administración Pública, siempre y cuando se haga constar en
el apartado correspondiente de la solicitud el lugar, órgano y fecha en qué se presentaron
dichos documentos.
2. S
 e recabarán de oficio los siguientes documentos, salvo que la interesada formule oposición expresa, en cuyo caso serán aportados por la misma junto con la solicitud:
a) Certificado de estar al corriente con las obligaciones de pago con la Hacienda autonómica, con la estatal y con la Seguridad Social.
b) DNI de la persona representante legal de la entidad.
c) Acreditación de estar inscrita en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma,
al menos un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la
convocatoria a la que concurran.
d) Estatutos de la entidad.
3. La entidad interesada deberá aportar, en cualquier caso, la documentación que se indica a
continuación:
a) Declaración responsable de no estar incursa en prohibición para obtener la condición de
beneficiaria de la ayuda, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No será
necesaria la presentación de esta declaración si la interesada cumplimenta en el modelo
de solicitud la casilla correspondiente.
b) Declaración responsable, en su caso, de haber recibido subvenciones o ayudas para la
misma finalidad.
c) Anexo II cumplimentado con la información del proyecto para el que se solicita la ayuda.