Consejería De Igualdad Y Portavocía. Igualdad De Género. Subvenciones. (2021050150)
Orden de 24 de agosto de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las asociaciones, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres, para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres.
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NÚMERO 169
Miércoles, 1 de septiembre de 2021

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Además, en el mencionado anexos IV, se incluirá el desglose de las facturas pagadas
correspondiente con los gastos subvencionables realizados, ordenadas de acuerdo
con el presupuesto de gasto presentado en el proyecto de subvenciones, con referencia al acreedor, al concepto, el importe, la fecha de emisión y la de pago.
Cuando una actividad también sea financiada por otras entidades públicas o privadas deberá indicarse el porcentaje de financiación aportada por la ayuda concedida
y por el resto de entidades que cofinancian.
b) Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico
jurídico mercantil o con eficacia administrativa, todos ellos originales o copias justificativas de los gastos efectuados, considerando las siguientes especificaciones:


— A nombre de la beneficiaria de la subvención.



— Con descripción clara y detallada del concepto.



— Con el IVA desglosado, o en su defecto indicación expresa de que la operación está
exenta, con indicación del motivo.



— Con fecha comprendida en el plazo de ejecución de la actividad.



— No serán válidas los tickets, facturas pro forma y albaranes como justificantes de gasto.

c) Acreditaciones bancarias de las transferencias o ingresos, originales o copias, que justifiquen el abono de las facturas, atendiendo a las siguientes específicas:


— La beneficiaria de la subvención deberá figurar como ordenante.



— La entidad o persona que emite la factura deberá figurar como beneficiario del pago.



— El concepto deberá hacer referencia al número de factura o al servicio que se abona.



— La fecha en la que se realice el pago deberá estar comprendida en el plazo de justificación.

d) Contratación de personal. Copias de los siguientes documentos:


— Contrato visado por la oficina de empleo o acompañado de la correspondiente comunicación al Servicio de Empleo correspondiente. En el contrato se deberá especificar
que la contratación se realiza para desarrollar el proyecto subvencionado o, en su
defecto, se deberá aportar un anexo al contrato firmado por la entidad contratante y
el trabajador en el que se consigne que dicho contrato queda vinculado al desarrollo
del proyecto subvencionado durante el periodo que se determine y en el que conste
el sello de presentación en la oficina de empleo que corresponde.