Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021062319)
Resolución de 15 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "PSFV Trujillo" de 56,50 MWp, en los términos municipales de Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera (Cáceres). Expte.: IA21/0010.
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NÚMERO 146
Viernes, 30 de julio de 2021

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será caracterizar y delimitar con exactitud la extensión de los restos arqueológicos afectados. Si con dichos trabajos se determinase que en alguna parte
de esa zona o zonas no existen restos arqueológicos, se procederá por parte
de esta administración a liberar esos terrenos para que puedan ser utilizados
por el proyecto de referencia, pero condicionado a la implementación de un
riguroso control arqueológico de todos los movimientos de tierras que se
efectúen allí.


A.3. En las zonas que los sondeos o desbroces constaten la existencia de vestigios arqueológicos, con carácter previo a la instalación de la infraestructura,
se deberá acometer una excavación arqueológica en extensión de toda la
zona afectada, bajo los criterios técnicos y metodológicos establecidos en el
siguiente apartado y para la que se deberá solicitar la preceptiva autorización de excavación arqueológica a la DGBAPC.



B. Medidas correctoras con carácter general:



B.1. Durante la fase de ejecución de las obras será obligatorio un control y seguimiento arqueológico por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural en cada uno de los frentes
de obra que conlleve la ejecución del proyecto de referencia. El control arqueológico será permanente y a pie de obra, y se hará extensivo a todas las
obras de construcción, desbroces iniciales, instalaciones auxiliares, líneas
eléctricas asociadas, destoconados, replantes, zonas de acopios, caminos de
tránsito y todas aquellas otras actuaciones que derivadas de la obra generen
los citados movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural.



B.2. Si como consecuencia de estos trabajos se confirmara la existencia de restos
arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones derivadas
del proyecto de referencia, se procederá a la paralización inmediata de las
obras en la zona de afección, se balizará el área para preservarla de tránsitos, se realizará una primera aproximación cronocultural de los restos y se
definirá la extensión máxima del yacimiento en superficie. Estos datos serán
remitidos mediante informe técnico a la DGBAPC con copia, en su caso, al
organismo que tuviera delegada esas competencias en función del ámbito
de actuación de la actividad. Una vez recibido, se cursará visita de evaluación con carácter previo a la emisión de informe de necesidad de excavación
completa de los hallazgos localizados conforme a los criterios técnicos y
metodológicos establecidos en el siguiente apartado.



C
 riterios técnicos y metodológicos.



L
 as excavaciones arqueológicas se realizarán bajo los siguientes condicio-