Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Actividad Comercial. Ayudas. (2021040091)
Decreto 77/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la financiación de proyectos de animación comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 146
Viernes, 30 de julio de 2021
39154
el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión
Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa
aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando
para ello cuanta información le sea requerida.
2. E
l beneficiario de la subvención vendrá obligado a comunicar al Servicio que ejerza competencias en materia de comercio interior de la Secretaria General que ejerza las competencias en materia de comercio interior, las incidencias que se produzcan con relación a la
documentación origen del expediente de ayuda que supongan una modificación justificada
de la actividad prevista, en especial, los supuestos de cambios de ubicación dentro de la
misma localidad o de fecha de celebración de la actividad, o cambios en el cronograma de
actuación. En ningún caso estas incidencias podrán alterar las condiciones en que se concedieron las ayudas ni afectar al objeto o finalidad de las mismas. Estas incidencias, que
no supondrán un incumplimiento por parte del beneficiario, se resolverán por la Secretaría
General de la Consejería que ejerza competencias en materia de comercio interior.
Artículo 13. Ejecución y justificación de las inversiones.
1. L
a ejecución y pago de las inversiones deberá ser posterior a la presentación de la solicitud.
En el supuesto que la actividad no se hubiera realizado en el momento de emitir la resolución de concesión, en ésta se establecerá un plazo para su ejecución conforme a la fecha
prevista de realización del proyecto de animación comercial que el solicitante haya indicado
en la Memoria de Actuación (anexo II). Dentro de este plazo deberán estar fechadas las
facturas y sus correspondientes justificantes de pago.
2. L
a justificación de la ejecución y pago de las inversiones se realizará en el plazo de un mes
desde la finalización del plazo otorgado en la resolución de concesión para la realización de
la actividad o desde que la actuación se haya ejecutado.
3. L
a cuenta justificativa del gasto deberá incluir una declaración de las actividades realizadas
y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos, debidamente ordenados
y numerados, con especificación de los perceptores y los importes correspondientes, así
como la forma y medios de pagos utilizados.
4. S
e reconocerán como documentos justificativos de la ejecución de la inversión, las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico
mercantil o con eficacia administrativa.
a justificación de los gastos también se podrá efectuar mediante facturas electrónicas,
L
siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario. A
los efectos de la validez probatoria todos los justificantes de gastos (facturas y/o recibos)
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Viernes, 30 de julio de 2021
39154
el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión
Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa
aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando
para ello cuanta información le sea requerida.
2. E
l beneficiario de la subvención vendrá obligado a comunicar al Servicio que ejerza competencias en materia de comercio interior de la Secretaria General que ejerza las competencias en materia de comercio interior, las incidencias que se produzcan con relación a la
documentación origen del expediente de ayuda que supongan una modificación justificada
de la actividad prevista, en especial, los supuestos de cambios de ubicación dentro de la
misma localidad o de fecha de celebración de la actividad, o cambios en el cronograma de
actuación. En ningún caso estas incidencias podrán alterar las condiciones en que se concedieron las ayudas ni afectar al objeto o finalidad de las mismas. Estas incidencias, que
no supondrán un incumplimiento por parte del beneficiario, se resolverán por la Secretaría
General de la Consejería que ejerza competencias en materia de comercio interior.
Artículo 13. Ejecución y justificación de las inversiones.
1. L
a ejecución y pago de las inversiones deberá ser posterior a la presentación de la solicitud.
En el supuesto que la actividad no se hubiera realizado en el momento de emitir la resolución de concesión, en ésta se establecerá un plazo para su ejecución conforme a la fecha
prevista de realización del proyecto de animación comercial que el solicitante haya indicado
en la Memoria de Actuación (anexo II). Dentro de este plazo deberán estar fechadas las
facturas y sus correspondientes justificantes de pago.
2. L
a justificación de la ejecución y pago de las inversiones se realizará en el plazo de un mes
desde la finalización del plazo otorgado en la resolución de concesión para la realización de
la actividad o desde que la actuación se haya ejecutado.
3. L
a cuenta justificativa del gasto deberá incluir una declaración de las actividades realizadas
y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos, debidamente ordenados
y numerados, con especificación de los perceptores y los importes correspondientes, así
como la forma y medios de pagos utilizados.
4. S
e reconocerán como documentos justificativos de la ejecución de la inversión, las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico
mercantil o con eficacia administrativa.
a justificación de los gastos también se podrá efectuar mediante facturas electrónicas,
L
siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario. A
los efectos de la validez probatoria todos los justificantes de gastos (facturas y/o recibos)
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa