Universidad De Extremadura. Personal Docente. Contratación. (2021062350)
Resolución de 21 de julio de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la normativa de contratación del profesorado en régimen laboral de la Universidad de Extremadura 2021 y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
42 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 143
38711
Martes, 27 de julio de 2021
como profesorado asociado interino, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 16
punto 5.
3. El procedimiento de sustitución del PDI se regulará en la Normativa Específica de Bolsas
de Trabajo y Cobertura Temporal de Plazas.
TÍTULO IV
Procedimiento de selección para Personal Científico e Investigador
Artículo 20. Disposiciones relativas a las plazas de PCI.
1. Tendrán la consideración de Personal Científico e Investigador de la Universidad de Extremadura aquel personal que desarrolle, esencialmente, una actividad investigadora mediante un contrato de carácter temporal, para cubrir objetivos estratégicos de naturaleza
científica o técnica fijados por la propia Universidad de Extremadura o por directrices de
investigación recogidas en los contratos, proyectos, grupos de investigación y convenios.
2. El resto de información referente a este tipo de plazas se regula en el artículo 34 del II
Convenio Colectivo del PDI laboral de la UEx.
Artículo 21. Convocatoria.
1. La convocatoria de contratación será pública y realizada por el Vicerrector o Vicerrectora
competente en investigación. Se incluirán en ella los requisitos genéricos que se les exigirá
a quienes presenten su candidatura y los específicos correspondientes a la actividad investigadora que desarrollará en la Universidad de Extremadura en el caso de su contratación,
así como las condiciones de la contratación y la composición de la comisión técnica que
evaluará las candidaturas.
2. El plazo de presentación de solicitudes será, como mínimo, de diez días naturales, comenzando su cómputo a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
3. La convocatoria se publicará en el Portal de Investigación (web vicerrectorado de investigación), de la Universidad de Extremadura.
4. La solicitud de participación se ajustará al CVN siguiendo lo indicado en el Anexo III de la
siguiente normativa, cuyo enlace se encontrará disponible en la web del vicerrectorado de
investigación.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Universidad de Extremadura, en
el plazo de diez días naturales contados desde el siguiente a la publicación de la presente
38711
Martes, 27 de julio de 2021
como profesorado asociado interino, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 16
punto 5.
3. El procedimiento de sustitución del PDI se regulará en la Normativa Específica de Bolsas
de Trabajo y Cobertura Temporal de Plazas.
TÍTULO IV
Procedimiento de selección para Personal Científico e Investigador
Artículo 20. Disposiciones relativas a las plazas de PCI.
1. Tendrán la consideración de Personal Científico e Investigador de la Universidad de Extremadura aquel personal que desarrolle, esencialmente, una actividad investigadora mediante un contrato de carácter temporal, para cubrir objetivos estratégicos de naturaleza
científica o técnica fijados por la propia Universidad de Extremadura o por directrices de
investigación recogidas en los contratos, proyectos, grupos de investigación y convenios.
2. El resto de información referente a este tipo de plazas se regula en el artículo 34 del II
Convenio Colectivo del PDI laboral de la UEx.
Artículo 21. Convocatoria.
1. La convocatoria de contratación será pública y realizada por el Vicerrector o Vicerrectora
competente en investigación. Se incluirán en ella los requisitos genéricos que se les exigirá
a quienes presenten su candidatura y los específicos correspondientes a la actividad investigadora que desarrollará en la Universidad de Extremadura en el caso de su contratación,
así como las condiciones de la contratación y la composición de la comisión técnica que
evaluará las candidaturas.
2. El plazo de presentación de solicitudes será, como mínimo, de diez días naturales, comenzando su cómputo a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
3. La convocatoria se publicará en el Portal de Investigación (web vicerrectorado de investigación), de la Universidad de Extremadura.
4. La solicitud de participación se ajustará al CVN siguiendo lo indicado en el Anexo III de la
siguiente normativa, cuyo enlace se encontrará disponible en la web del vicerrectorado de
investigación.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Universidad de Extremadura, en
el plazo de diez días naturales contados desde el siguiente a la publicación de la presente