Universidad De Extremadura. Personal Docente. Contratación. (2021062350)
Resolución de 21 de julio de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la normativa de contratación del profesorado en régimen laboral de la Universidad de Extremadura 2021 y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 143
Martes, 27 de julio de 2021

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de haber estado contratado o contratada en una o varias universidades, deberá adjuntar
hojas de servicios actualizadas.
2. El profesorado sustituto será contratado en régimen de interinidad de entre personas graduadas, licenciadas, arquitectas, ingenieras superiores, diplomadas y arquitectas e ingenieras técnicas.
3. La duración de los contratos como PS se extenderá hasta la cobertura reglamentaria del
puesto o la reincorporación de la persona sustituida.
4. En el caso de haber estado contratado o contratada en una universidad, deberá adjuntar
hoja de servicios actualizada.
5. El Vicerrectorado de Profesorado concederá un PS, siempre que el profesorado de plantilla
del área correspondiente no tenga capacidad suficiente para asumir su docencia de manera
temporal (según las normas de ejecución presupuestarias en vigor), y cuando concurran
los supuestos contemplados en el artículo 33 del II Convenio Colectivo del PDI laboral de
la UEx.
6. En caso de existir una bolsa de trabajo en el área, la contratación será tal y como aparece
regulada en la Normativa de bolsas de trabajo.
7. Por último, se establece un sistema extraordinario para la provisión de plazas de profesorado sustituto tal y como se indica a continuación:
a) Se aprobará por el Vicerrector o Vicerrectora de Profesorado, cuando concurran alguno
de estos dos casos:


• Exista bolsa de trabajo con más de dos personas candidatas y ésta quede vacía.

• No existe bolsa de trabajo habiéndose solicitado y la relación carga/capacidad del
área exceda el 100%.
b) En paralelo a la aprobación del sistema de contratación extraordinario previsto en el
punto anterior, el Vicerrectorado de Profesorado arbitrará las medidas necesarias para
activar una nueva bolsa de trabajo en ese área
c) El procedimiento para la contratación extraordinaria de profesor sustituto seguirá el
procedimiento extraordinario de profesor sustituto en vigor.
d) Este contrato podrá durar un máximo de dos meses, periodo en el que se arbitrará un
procedimiento de bolsa de trabajo tal y como está establecido en la Normativa de Bolsas
de Trabajo.