Consejería De Igualdad Y Portavocía. Programas Infantiles Y Juveniles. Ayudas. (2021062356)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a financiar proyectos de dinamización juvenil en el marco del programa Diviértete en la Ciudad para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 143
Martes, 27 de julio de 2021

38611

A. Memoria de las actividades realizadas que incluirá necesariamente:


a. A
 creditación gráfica de la realización de las actividades programadas y los correspondientes registros de participantes, anonimizados de acuerdo a la normativa vigente
en materia de protección de datos.



b. Informe de evaluación de la actividad realizada y grado de cumplimiento de los objetivos marcados en el programa aprobado por la resolución de concesión.

B. Memoria económica de las actividades realizadas que incluirá necesariamente:


a. Informe detallado emitido por el/la representante legal de la empresa, de la ejecución del presupuesto presentado desglosado por tipos de gastos subvencionables y
de acuerdo con el programa aprobado en la resolución de concesión.

b. Relación ordenada de los gastos realizados con expresión del número de factura,
emisor de la factura, concepto, el tipo de gastos subvencionable en el que se encuadra, la fecha de realización del gasto, y en su caso, del pago realizado.
c. Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el
tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa acreditativas de los gastos
realizados.


d. En el caso de los gastos de personal, se adjuntarán copia de los contratos y de las
nóminas del personal adscrito al proyecto de actividades junto a las copias de los
Seguros Sociales liquidados y abonados.



e. Justificantes de los pagos correspondientes a los gastos realizados. Estos justificantes consistirán en la documentación acreditativa de la transferencia, el abono en
cuenta o el extracto bancario que refleje la operación con expresión del concepto y
cantidad. Solo se aceptarán pagos realizados a través de entidad financiera, y por lo
tanto, no se consideraran justificados los pagos realizados por otra vía.



f. C
 uando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con
fondos propios otros recursos, deberá acreditarse mediante informe emitido, por el
representante legal de la empresa, el importe, procedencia y aplicación de tales fondos al objeto de la subvención.

C. Acreditación gráfica y suficiente de haber adoptado las medidas de publicidad establecidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de
inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.