Consejería De Igualdad Y Portavocía. Programas Infantiles Y Juveniles. Ayudas. (2021062356)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a financiar proyectos de dinamización juvenil en el marco del programa Diviértete en la Ciudad para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 143
Martes, 27 de julio de 2021
38600
A tales efectos, las empresas beneficiarias deberán dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del proyecto y actividades objeto de la subvención. Para
ello, se incluirá en todos y cada uno de los medios utilizados para difundir sus proyectos, así como en la documentación elaborada para su desarrollo, la indicación “Proyecto
subvencionado por la Junta de Extremadura. Consejería de Igualdad y Portavocía. Instituto de la Juventud de Extremadura”, así como el logotipo de este último.
Igualmente, y debido a la participación de este Programa en el Plan Corresponsables
del Ministerio de Igualdad, todos los medios utilizados para difundir los proyectos, así
como en la documentación elaborada para su desarrollo, deberán identificarse con la
imagen gráfica del Plan Corresponsables y del Ministerio de Igualdad.
f. Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así
como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los
órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta
información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
g. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario.
f. En los gastos que se realicen objeto de la subvención, se observará en todo caso la normativa establecida por la legislación contractual del sector público de conformidad con
el artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Décimo. Del régimen de concesión.
1. El procedimiento de concesión de las subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, a través de la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los
criterios de valoración establecidos en el resuelvo decimonoveno de la presente resolución
y adjudicar, con el límite fijado en la misma dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido una mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
2. Se establecerá un orden de prelación de los proyectos presentados en cada uno de los ámbitos territoriales de los municipios relacionados en el resuelvo primero apartado 2.
Martes, 27 de julio de 2021
38600
A tales efectos, las empresas beneficiarias deberán dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del proyecto y actividades objeto de la subvención. Para
ello, se incluirá en todos y cada uno de los medios utilizados para difundir sus proyectos, así como en la documentación elaborada para su desarrollo, la indicación “Proyecto
subvencionado por la Junta de Extremadura. Consejería de Igualdad y Portavocía. Instituto de la Juventud de Extremadura”, así como el logotipo de este último.
Igualmente, y debido a la participación de este Programa en el Plan Corresponsables
del Ministerio de Igualdad, todos los medios utilizados para difundir los proyectos, así
como en la documentación elaborada para su desarrollo, deberán identificarse con la
imagen gráfica del Plan Corresponsables y del Ministerio de Igualdad.
f. Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así
como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los
órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta
información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
g. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario.
f. En los gastos que se realicen objeto de la subvención, se observará en todo caso la normativa establecida por la legislación contractual del sector público de conformidad con
el artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Décimo. Del régimen de concesión.
1. El procedimiento de concesión de las subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, a través de la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los
criterios de valoración establecidos en el resuelvo decimonoveno de la presente resolución
y adjudicar, con el límite fijado en la misma dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido una mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
2. Se establecerá un orden de prelación de los proyectos presentados en cada uno de los ámbitos territoriales de los municipios relacionados en el resuelvo primero apartado 2.