Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. Subvenciones. (2021050137)
Orden de 20 de julio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la tramitación de instrumentos de planeamiento general a los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 143
Martes, 27 de julio de 2021

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la necesidad de proceder a una revisión de los mismos. Para que las tareas de redacción y
asistencia a la tramitación de los Planes Generales Municipales culminen con la Publicación
en DOE de su Aprobación Definitiva, es necesaria la asistencia de Servicios Técnicos de gran
especialización, con acreditada experiencia en la materia, que elaboren dichos documentos y
que asesoren a las Corporaciones en todos los aspectos de esta acción urbanística.
Lamentablemente, muchos municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura carecen
de los suficientes medios económicos y técnicos para afrontar en solitario el esfuerzo que
supone la redacción de su planeamiento, y no han podido iniciar dichas labores, o han tenido
que suspenderlas, debido a la ausencia de fondos municipales suficientes para dotarse de la
asistencia anteriormente citada. Por ello ha sido de aplicación lo establecido en los objetivos
de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del suelo y ordenación territorial de Extremadura, que
contemplaba, cuando el municipio adoleciera de suficiente capacidad de gestión, la necesidad
de arbitrar la debida “cooperación técnica” sobre bases solidarias de colaboración interadministrativa. La reciente aprobación de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, que deroga la anterior, mantiene inalterable
esta vinculación, según lo establecido en su Disposición Adicional Octava “Apoyo técnico para
la redacción de instrumentos de ordenación urbanística”, cuyo tenor dice:
“Con objeto de que las Entidades Locales de Extremadura puedan ejercer eficazmente sus
competencias en materia urbanística, la Junta de Extremadura garantizará la asistencia
técnica y asesoramiento en la redacción de los instrumentos de ordenación urbanística, así
como el seguimiento en su tramitación, mediante mecanismos de colaboración adecuados”.
Colaborar económicamente con los Ayuntamientos, tanto durante la realización de las tareas
de Redacción de los Planes Generales Municipales (PGM), como, posteriormente, a la hora
de dotarse de la debida Asistencia Técnica para su tramitación, es por tanto una obligación
asumida por la Consejería con competencias en materia de Urbanismo de la Junta de Extremadura históricamente, y una guía asimismo de su actividad futura.
El Decreto 115/2017, de 18 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de la
concesión de subvenciones para la redacción y tramitación de instrumentos de planeamiento
general a los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estableció el marco por
el que se canalizaron estos esfuerzos en las anualidades 2017 y 2018. Gracias a las ayudas
concedidas en sus distintas convocatorias, son numerosos los Municipios que se encuentran
tramitando actualmente su PGM.
La derogación de la Ley 15/2001, a cuyas determinaciones se encontraba ajustado el Decreto 115/2017, obligó a su reconsideración, a fin de mantener operativos únicamente los
programas subvencionables cuya viabilidad se adecuara a lo previsto en la disposición transi-