Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2021062361)
Extracto de la Resolución de 15 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece una convocatoria de las subvenciones del Programa de ayuda directa a la entrada para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 143
Martes, 27 de julio de 2021



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b.2) Que hayan obtenido calificación provisional durante la vigencia del Plan de Rehabilitación y Vivienda de Extremadura 2013-2016.



b.3) Que hayan obtenido calificación provisional conforme a planes anteriores al señalado en la letra anterior, siempre que las obras se hubieren iniciado con posterioridad
al 30 de septiembre de 2018.

Cuarto. Beneficiarios.
Los requisitos para ser beneficiario de las ayudas de este programa son:
a) Poseer nacionalidad española o tener residencia legal en España, cuando se tratare de
personas físicas.
b) Hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y la Hacienda de la Comunidad Autónoma, así como en las obligaciones con la Seguridad Social.
c) Reunir los requisitos previstos en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) Disponer de unos ingresos anuales ponderados anuales que no excedan de 3,5 veces el
IPREM.
e) Haber formalizado un contrato de compraventa o título de adjudicación, que incorpore
el contenido mínimo señalado en el resuelvo cuarto, apartado primero, letra e) de la
convocatoria.
f) Que el contrato de compraventa o el título de adjudicación haya sido visado por el órgano administrativo competente y aquel no se haya elevado a documento público con
anterioridad al 31 de diciembre de 2018.
g) Que el adquirente o adjudicatario ceda al promotor el derecho al cobro de la subvención
descontada. Dicha cesión sólo surtirá efecto en caso de efectivo reconocimiento de la
subvención en el plazo señalado en la letra e.2) del apartado 1 del resuelvo cuarto de
la convocatoria.
2. Los requisitos exigidos para acceder a las subvenciones deberán cumplirse a la fecha de
presentación de la solicitud de subvención. No obstante lo anterior, deberán cumplirse a la
fecha de solicitud del visado del contrato de compraventa o del título de adjudicación tanto
el requisito de ingresos anuales ponderados máximos, como los requisitos personales exigidos para acceder a las líneas de protección preferente.