Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2021062361)
Extracto de la Resolución de 15 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece una convocatoria de las subvenciones del Programa de ayuda directa a la entrada para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 143
Martes, 27 de julio de 2021

38587

EXTRACTO de la Resolución de 15 de julio de 2021, de la Secretaría General,
por la que se establece una convocatoria de las subvenciones del Programa
de ayuda directa a la entrada para el ejercicio 2021. (2021062361)
BDNS(Identif.):576426
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.
pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria.
Se convocan las ayudas contempladas en el Programa de ayuda directa a la entrada correspondiente al ejercicio 2021, regulado en el capítulo III de la Orden de 30 de junio de 2020,
que aprueba las bases reguladoras de las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021 (DOE n.º 130, de 7 de julio de 2020), modificada por la Orden de 25 de
mayo de 2021 (DOE n.º 104, de 2 de junio).
Segundo. Objeto.
Este programa tiene por objeto financiar una parte del precio de adquisición o adjudicación de
las tipologías de vivienda protegida de nueva construcción, señaladas en el capítulo III de la
referida Orden de 30 de junio de 2020, en los términos expresados en el mismo.
Tercero. Requisitos de la actuación protegida.
El Programa comprende las siguientes actuaciones subvencionables:
a) La adquisición o adjudicación de viviendas protegidas de nueva construcción de régimen especial o general o del programa especial, calificadas provisionalmente conforme
a planes autonómicos de vivienda anteriores al Plan de Rehabilitación y Vivienda de
Extremadura 2013-2016, siempre que las obras se hubieren iniciado antes del 30 de
septiembre de 2018.
b) La adquisición o adjudicación de viviendas protegidas de nueva construcción de régimen
especial, incluida su modalidad de vivienda protegida del programa especial, que se
encuentren en alguna de las siguientes situaciones:


b.1) Que hayan obtenido calificación provisional una vez en vigor el Plan de Vivienda de
Extremadura 2018-2021 y siempre antes del 8 de julio de 2020.