Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Calidad De Los Alimentos. Ayudas. (2021062157)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 142
Lunes, 26 de julio de 2021
38373
3. L
a justificación de la subvención concedida se realizará en el periodo comprendido del 1 al
31 de agosto del año 2022, presentando solicitud de pago que obra en el anexo V de esta
resolución, ante la Dirección General de Agricultura y Ganadería, a la que se acompañará
la siguiente documentación justificativa:
a) Memoria justificativa de los gastos subvencionables junto con una declaración responsable en la que se indique, de forma detallada, la adecuada ejecución de la totalidad de los mismos en los plazos establecidos.
b) Original, copia auténtica o duplicados, de las facturas o documentos justificativos de
los gastos presentados.
c) Justificante bancario (extracto), en original o copia auténtica, de los pagos realizados, en el que se refleje el adeudo correspondiente en la cuenta bancaria de la persona beneficiaria.
d) Justificación de la efectiva realización de las acciones subvencionadas, se aportarán
suficientes medios de prueba que acrediten la realización de las acciones informativas o promocionales, tales como: originales del material divulgativo, inserciones en
prensa, carteles, muestras u objetos promocionales, así como fotografías en el caso
de vallas o carteles publicitarios, asistencias a ferias y otros eventos, certificados de
asistencia a ferias y exposiciones, certificados de emisión y copias de los espacios
emitidos en medios audiovisuales, notas o reseñas de prensa, impresión en pdf de
páginas web, y cualquier otro documento que demuestre la efectiva realización de la
actividad subvencionada.
4. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de contratos del sector público para los contratos menores, se deberá solicitar como
mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la prestación del
servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el
mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo
que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención, de conformidad con el
artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de Extremadura.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en
su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga
en la propuesta económica más ventajosa.
Lunes, 26 de julio de 2021
38373
3. L
a justificación de la subvención concedida se realizará en el periodo comprendido del 1 al
31 de agosto del año 2022, presentando solicitud de pago que obra en el anexo V de esta
resolución, ante la Dirección General de Agricultura y Ganadería, a la que se acompañará
la siguiente documentación justificativa:
a) Memoria justificativa de los gastos subvencionables junto con una declaración responsable en la que se indique, de forma detallada, la adecuada ejecución de la totalidad de los mismos en los plazos establecidos.
b) Original, copia auténtica o duplicados, de las facturas o documentos justificativos de
los gastos presentados.
c) Justificante bancario (extracto), en original o copia auténtica, de los pagos realizados, en el que se refleje el adeudo correspondiente en la cuenta bancaria de la persona beneficiaria.
d) Justificación de la efectiva realización de las acciones subvencionadas, se aportarán
suficientes medios de prueba que acrediten la realización de las acciones informativas o promocionales, tales como: originales del material divulgativo, inserciones en
prensa, carteles, muestras u objetos promocionales, así como fotografías en el caso
de vallas o carteles publicitarios, asistencias a ferias y otros eventos, certificados de
asistencia a ferias y exposiciones, certificados de emisión y copias de los espacios
emitidos en medios audiovisuales, notas o reseñas de prensa, impresión en pdf de
páginas web, y cualquier otro documento que demuestre la efectiva realización de la
actividad subvencionada.
4. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de contratos del sector público para los contratos menores, se deberá solicitar como
mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la prestación del
servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el
mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo
que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención, de conformidad con el
artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de Extremadura.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en
su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga
en la propuesta económica más ventajosa.