Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Calidad De Los Alimentos. Ayudas. (2021062157)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 142
Lunes, 26 de julio de 2021

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No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación las solicitudes presentadas
fuera del plazo establecido en la convocatoria, procediéndose a su archivo, previa resolución expresa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
6. D
 e conformidad con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, si la solicitud o documentación preceptiva no reúne los requisitos exigidos se requerirá al interesado para que, en
un plazo improrrogable de diez días hábiles, subsane la falta o presente la documentación
correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con
indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido, previa resolución dictada
en los términos previstos en el artículo 21 de la misma.
7. D
 e conformidad con lo establecido en el artículo 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no será
necesario presentar los documentos que ya se encuentren en poder de cualquier Administración o que haya sido elaborados por ésta, siempre que se haga constar la fecha y el
órgano o dependencia en que fueron entregados, y no hayan transcurrido más de cinco
años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
Vigésimo. Procedimiento de la concesión de las ayudas a las actividades de información y promoción llevadas a cabo por grupos de productores y productoras en el
mercado interior en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos.
(Submedida 3.2).
1. E
 l procedimiento de concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, conforme a los criterios de otorgamiento de la subvención que se establecen en el punto vigésimo primero de esta resolución, de acuerdo con los principios de
publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
2. D
 e conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), la resolución de la
concesión de estas ayudas, se realizará una vez se haya resuelto previamente el régimen
de ayuda a la participación en regímenes de calidad de esta resolución, destinada a cubrir
los costes fijos de la participación en regímenes de calidad de los productos agrícolas y
alimenticios.