Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Calidad De Los Alimentos. Ayudas. (2021062157)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
51 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 142
Lunes, 26 de julio de 2021



38367

h) Declaración responsable de quien actúa en representación de la agrupación de que la
misma cumple con los requisitos establecidos en el artículo 2 del Decreto 36/2016,
de 15 de marzo, que se incluye en el modelo de solicitud del anexo II.

Asimismo, los certificados de estar al corriente con la Hacienda autonómica y con la Seguridad Social, en el caso de que la persona interesada se oponga expresamente en la
solicitud de la subvención a que el órgano gestor los recabe de oficio de conformidad con
el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y el certificado de estar al corriente con la Hacienda estatal, en el caso de que la persona
interesada no autorice expresamente en la solicitud de la subvención para que el órgano
gestor lo recabe de oficio, de conformidad con el artículo 95.1, k) de la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria.
3. C
 onforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por
la disposición final duodécima de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la consulta de los documentos
que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por
cualquier Administración Pública se realizará de oficio por el órgano gestor, salvo que la
persona interesada se opusiera a ello, marcando la casilla correspondiente en el Anexo de
solicitud de ayuda.
4. S
 e consultarán de oficio los datos siguientes. No obstante, si la persona solicitante se opusiera a ello, deberá adjuntar a la solicitud, la documentación que se relaciona:


a) Datos de identidad personal (DNI o documento acreditativo de la identidad o NIF).



b) Poder de quien actúe como representante que lo acredite como tal, mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, en los casos en que la
solicitud se haga a través del mismo.



c) Datos relativos a la inscripción de la entidad en el registro correspondiente y a los
Estatutos de la misma. Si se opusiera a ello, será suficiente la presentación del
certificado actualizado de inscripción de la entidad en el Registro correspondiente,
emitido por el mismo, y copia de los estatutos.

5. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución de convocatoria en el Diario Oficial
de Extremadura.