Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062281)
Resolución de 7 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de producción de carbón vegetal, cuyo promotor es Joaquín Adame Adame, en el término municipal de Higuera de Vargas.
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Viernes, 23 de julio de 2021

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— La zona de enfriamiento de carbón vegetal tendrá pavimento impermeable a fin de prevenir la contaminación del suelo y un sistema estanco de recogida y almacenamiento
de las aguas de enfriamiento.
— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
autorizadas para ello, independientes a la actuación propuesta.
— Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados conforme
a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
— La gestión de residuos deberá ser realizada por empresas que deberán estar registradas
conforme a lo establecido en la Ley 22/2011.
— Se deberán cumplir las prescripciones de calidad acústica establecidas en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y
emisiones acústicas y en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de
Ruidos y Vibraciones.
— Se deberá evitar la contaminación lumínica nocturna por farolas o focos. En caso de iluminación exterior se usará preferentemente iluminación en puntos bajos, dirigidos hacia
el suelo (apantallado), utilizando luminarias con longitud de onda dentro del rango de la
luz cálida. Se ajustarán los niveles de iluminación a las necesidades reales de luz.
3. P
 lan de restauración.
— Si una vez finalizada la actividad, se pretendiera el uso de las instalaciones para otra
distinta, deberán adecuarse las instalaciones y contar con todas las autorizaciones exigidas para el nuevo aprovechamiento.
— En todo caso, al finalizar las actividades se deberá dejar el terreno en su estado original, demoliendo adecuadamente las instalaciones, y retirando todos los escombros a
vertedero autorizado.
— La superficie agrícola afectada por la actividad, deberá mejorarse mediante las técnicas
agronómicas adecuadas, de manera que se recupere su aptitud agrícola.
4. P
 ropuesta de reforestación.
— La reforestación deberá ir enfocada a la integración paisajística de las construcciones,
preservando los valores naturales del terreno y el entorno.