Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0052)
Acuerdo de 25 de febrero de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre aprobación del Plan General Municipal "Simplificado" de Acehúche.
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NÚMERO 141
Viernes, 23 de julio de 2021
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5. Utilizar parámetros urbanísticos (densidad y edificabilidad) racionales que permitan la
implantación de un modelo urbano adecuado y sostenible ambiental y territorialmente a
largo plazo, evitando el consumo irracional de los recursos.
ART. 3.1.2.- Directrices para Suelo Urbano consolidado
Las directrices con carácter estructural del planeamiento en el suelo urbano consolidado,
persiguen compaginar la mejora genérica de las condiciones del núcleo urbano y de la
calidad de vida de sus habitantes, con el mantenimiento de los valores tradicionales,
históricos, paisajísticos y medioambientales que se mantienen en el casco antiguo. La
propuesta formulada se basa en evitar la aparición de viviendas en los patios traseros de las
construcciones existentes y localizar el crecimiento residencial y productivo necesario de
manera que se inserte en el núcleo existente, mejorando la movilidad en éste.
Configuran la ordenación estructural del suelo urbano consolidado las siguientes
determinaciones, para cada uno de las zonas delimitadas por el Plan General Municipal:
- Determinación de los usos globales y compatibles.
- Determinación de la edificabilidad máxima en parcela.
ART. 3.1.3.- Directrices para Suelo Urbano No consolidado
Se delimita una zona de suelo urbano no consolidado que constituye la unidad de actuación
UA-3. Se encuentran al sur del núcleo urbano, con acceso desde la prolongación de la calle
Río Tajo y se incorporan al PGM tras estimar el ayuntamiento la alegación de sus
propietarios. En estos terrenos se desarrolla desde hace tiempo la actividad de carpintería de
madera, contando con varias edificaciones destinadas a tal fin. No presentan urbanización
completa.
Las determinaciones con carácter estructural son las siguientes:
- El establecimiento del uso global.
- La fijación de la densidad máxima.
- El señalamiento de la edificabilidad máxima, en el ámbito delimitado.
Respecto a las dotaciones, se exige la cesión del 10% de la superficie bruta de la actuación.
Dada sus reducidas dimensiones, se propone su sustitución por su valor en metálico
conforme a los criterios de valoración legalmente establecidos. La cantidad correspondiente
se sufragará, en su caso, por los propietarios siguiendo el procedimiento establecido en el
artículo 155, apartado 3. Los Ayuntamientos estarán obligados a destinar los fondos así
obtenidos a la adquisición de los suelos precisos para las dotaciones públicas necesarias.
(Disposición Adicional Tercera, punto 8ª).
ART. 3.1.4.- Directrices para Suelo Urbanizable
El presente PGM concentra el suelo urbanizable al norte del municipio, incorporando el
Polígono Industrial delimitado por el Plan Especial Industrial, redactado por la Oficina de
Gestión Urbanística, Vivienda, Arquitectura y Ordenación del Territorio de la
Mancomunidad de Municipios Rivera de Fresnedosa. El Plan Especial de Ordenación
Industrial se aprobó definitivamente el 28 de noviembre de 2013 y se publicó el 28 de febrero
de 2014. El Plan General incorpora las determinaciones del PE industrial.
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5. Utilizar parámetros urbanísticos (densidad y edificabilidad) racionales que permitan la
implantación de un modelo urbano adecuado y sostenible ambiental y territorialmente a
largo plazo, evitando el consumo irracional de los recursos.
ART. 3.1.2.- Directrices para Suelo Urbano consolidado
Las directrices con carácter estructural del planeamiento en el suelo urbano consolidado,
persiguen compaginar la mejora genérica de las condiciones del núcleo urbano y de la
calidad de vida de sus habitantes, con el mantenimiento de los valores tradicionales,
históricos, paisajísticos y medioambientales que se mantienen en el casco antiguo. La
propuesta formulada se basa en evitar la aparición de viviendas en los patios traseros de las
construcciones existentes y localizar el crecimiento residencial y productivo necesario de
manera que se inserte en el núcleo existente, mejorando la movilidad en éste.
Configuran la ordenación estructural del suelo urbano consolidado las siguientes
determinaciones, para cada uno de las zonas delimitadas por el Plan General Municipal:
- Determinación de los usos globales y compatibles.
- Determinación de la edificabilidad máxima en parcela.
ART. 3.1.3.- Directrices para Suelo Urbano No consolidado
Se delimita una zona de suelo urbano no consolidado que constituye la unidad de actuación
UA-3. Se encuentran al sur del núcleo urbano, con acceso desde la prolongación de la calle
Río Tajo y se incorporan al PGM tras estimar el ayuntamiento la alegación de sus
propietarios. En estos terrenos se desarrolla desde hace tiempo la actividad de carpintería de
madera, contando con varias edificaciones destinadas a tal fin. No presentan urbanización
completa.
Las determinaciones con carácter estructural son las siguientes:
- El establecimiento del uso global.
- La fijación de la densidad máxima.
- El señalamiento de la edificabilidad máxima, en el ámbito delimitado.
Respecto a las dotaciones, se exige la cesión del 10% de la superficie bruta de la actuación.
Dada sus reducidas dimensiones, se propone su sustitución por su valor en metálico
conforme a los criterios de valoración legalmente establecidos. La cantidad correspondiente
se sufragará, en su caso, por los propietarios siguiendo el procedimiento establecido en el
artículo 155, apartado 3. Los Ayuntamientos estarán obligados a destinar los fondos así
obtenidos a la adquisición de los suelos precisos para las dotaciones públicas necesarias.
(Disposición Adicional Tercera, punto 8ª).
ART. 3.1.4.- Directrices para Suelo Urbanizable
El presente PGM concentra el suelo urbanizable al norte del municipio, incorporando el
Polígono Industrial delimitado por el Plan Especial Industrial, redactado por la Oficina de
Gestión Urbanística, Vivienda, Arquitectura y Ordenación del Territorio de la
Mancomunidad de Municipios Rivera de Fresnedosa. El Plan Especial de Ordenación
Industrial se aprobó definitivamente el 28 de noviembre de 2013 y se publicó el 28 de febrero
de 2014. El Plan General incorpora las determinaciones del PE industrial.
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